La sección primera de la Audiencia Provincial de A Coruña, de acuerdo con el veredicto del tribunal del jurado, ha condenado a 15 años y medio de cárcel y a siete años de libertad vigilada al hombre que asesinó a otro en las inmediaciones de la Institución Benéfico Social Padre Rubinos el 8 de enero de 2018.

La pena impuesta es la misma que en el primer juicio, que el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) declaró nulo y ordenó repetir al aceptar el recurso de la defensa, que sostuvo que el condenado sufrió "indefensión" al no haber sido sometido a un examen psiquiátrico por parte de un profesional del Sergas.

A la hora de redactar la sentencia, el magistrado presidente del tribunal ha tenido en cuenta la atenuante simple de alteración psíquica, pero ha rechazado, tal y como demandaba la defensa, que el acusado tuviese anuladas las capacidades volitivas e intelectivas cuando cometió el crimen.

"Se acredita únicamente un trastorno de la personalidad asociado con un consumo crónico de bebidas alcohólicas y otras sustancias de abuso que le produciría una limitación de las facultades sin anulación", indica el fallo.

El tribunal de la Audiencia señala en el fallo que, "sin motivo aparente", el sospechoso apuñaló por sorpresa a la víctima en el pecho con un arma blanca que ocultaba entre sus ropas.

"Actuó por sorpresa, porque tras la breve conversación con la víctima hizo amago de abandonar el lugar, manteniendo una apariencia de absoluta normalidad, pero giró con rapidez, al mismo tiempo que sacó el arma y se la clavó", señala, al tiempo que destaca que la víctima "no esperaba dicho ataque y no tuvo oportunidad de defenderse".

La Audiencia insiste en que el ataque se produjo "de forma rápida, imprevista y eficaz, limitando cualquier posibilidad de defensa".

El fallo condena también al hombre a indemnizar a los tres hijos del usuario de Padre Rubinos con 99.496 euros, a cada uno de sus padres con 44.220 euros y a sus tres hermanos con 16.582 euros.