Hasta el año 2005, los terrenos que acogían la que fue residencia para jóvenes de las Adoratrices estuvieron calificados como equipamiento asistencial. La congregación religiosa que dirigió ese centro desde 1921 hasta 2003, año en el que vendió la finca al empresario Juan Carlos Rodríguez Cebrián, intentó sin éxito cambiar esa catalogación urbanística con el fin de conseguir un mejor precio en el mercado.

Pero dos años después de esa venta, la inmobiliaria Dricar lograba que el Gobierno local de Francisco Vázquez recalificase esa parcela, de 5.194 metros cuadrados de superficie, como residencial, lo que provocó la indignación de las monjas a las que se les había negado de forma reiterada. El entonces alcalde tan solo dio como explicación del cambio aplicado a los terrenos que Rodríguez Cebrián tenía una mayor capacidad negociadora.

El pleno municipal rechazó la semana pasada el cambio del plan general para esa parcela al que obligaba una sentencia del Supremo de 2016 y que se debe a que la normativa de 2013 calificó esa finca como suelo urbano no consolidado, lo que permitió su integración en el polígono residencial denominado Parque del Agra, al que debía ceder superficie para la zona verde proyectada. Pero Rodríguez Cebrián recurrió esa decisión y en 2016 el Tribunal Supremo le dio la razón y obligó a excluir de esa actuación 3.163 metros cuadrados.

El Concello gobernado por Marea Atlántica se vio obligado a modificar el plan general para devolver a la parcela su carácter de suelo urbano consolidado. Una de las seis posibilidades iniciales que se barajó fue recuperar el uso como equipamiento asistencial privado que había tenido cuando albergaba la residencia de las Adoratrices. Esta opción se analizó en un principio pero se descartó, al igual que lo hace ahora el Gobierno local socialista. Esto habría impedido levantar allí edificios de viviendas, pero no convertirla en zona verde como reclama la entidad vecinal del Agra do Orzán, y abriría un nuevo conflicto judicial. El plan general autorizaba dos inmuebles de doce plantas y uno de siete, que con la modificación introducida tras la sentencia quedaron reducidos a dos de ocho plantas.

¿Por qué fue rechazado? La razón aportada fue que esa calificación permitiría construir edificios que impidiesen la conexión visual entre la calle Gregorio Hernández con el futuro polígono del Parque del Agra. Otro efecto sería que los peatones no podrían transitar a través de esos terrenos en sus desplazamientos por esta zona sino que tendrían que rodearlos, según dijo Marea. Los socialistas afirman ahora por su parte que impedir construir en todo el Parque del Agra supondría una indemnización de 15 millones de euros a los propietarios de los terrenos.