El Tribunal Supremo desestimó el recurso presentado por el Concello contra la sentencia de la Audiencia Nacional de 2016 que anuló la revisión de oficio del acuerdo firmado con la Sociedad de Infraestructuras y Equipamientos Penitenciarios (SIEP) en 2005 para la adquisición de la antigua prisión provincial a cambio de 1,2 millones de euros. El Gobierno local de Carlos Negreira decidió anular en 2014 el convenio suscrito por el de Francisco Vázquez al entender que lesionaba los intereses municipales al considerar que el suelo había sido cedido de forma gratuita por el Concello en 1925, pero primero la Audiencia Nacional y ahora el Supremo rechazan esa posibilidad y obligan al Concello a abonar la cantidad establecida para poder hacerse con el edificio.

Uno de los argumentos empleados por el Concello para recurrir la sentencia de la Audiencia Nacional es que se habían vulnerado las normas del proceso al haberse estimado el recurso del Estado por un motivo que no había sido invocado por ninguna de las partes. El Supremo resuelve sobre esta cuestión que "no cabe estimar que existiera indefensión ni que la Sala sentenciadora pudiera hacer un pronunciamiento diferente del ya efectuado", ya que entiende que esa decisión "llevaría a la situación de hacer una declaración que a ninguna de las partes beneficiaria".

El recurso municipal entendía además que la sentencia vulneraba la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 1992, así como la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Pero para el Supremo, el Concello "incurre en contradicción cuando ha adoptado acuerdos municipales que comportan la eficacia del convenio, para después terminar invocando su nulidad en abierta contradicción con aquellas actuaciones", a lo que añade que el carácter bilateral del convenio "lo hace peculiar en orden a la posibilidad de instar su revisión de oficio".

También pone de relieve que si el Ayuntamiento ejerce la revisión de oficio "nada impediría" a la Administración del Estado "poder ejercer sus potestades, por ejemplo la de autotutela, declarando no solo la validez del convenio sino incluso sus potestades de ejecución", situación de la que advierte que "no sería pensable porque generaría un conflicto competencial que no puede ser amparado judicialmente".

La antigua prisión permanece desocupada desde que dejó de tener uso penitenciario y sufrió un grave deterioro en sus instalaciones. El Gobierno local de Marea Atlántica acordó con la SIEP el uso del edificio mientras el Supremo no determinaba si el Concello debía pagar por hacerse con él y autorizó al colectivo Proxecto Cárcere a organizar iniciativas en su interior. Entre agosto y diciembre de 2018 se desarrollaron varias actividades, hasta que el Concello decidió interrumpirlas al advertirle la Xunta de que se habían efectuado obras no autorizadas en el inmueble, que cuenta con protección patrimonial.