El Concello ha publicado este viernes en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) una instrucción para regular el uso de los patinetes eléctricos y demás vehículos de movilidad personal (VMP) . El departamento de Urbanismo presentó el borrador del documento este enero en la Mesa de Movilidad. Su concejal, Juan Díaz Villoslada, aclara que no se trata de una ordenanza, como se había anunciado, sino de "una instrucción a la espera de que el Gobierno apruebe una normativa de carácter general", momento en el que podrá darle rango normativo. Hasta entonces, sin embargo, el Ayuntamiento no podrá sancionar las irregularidades que cometan los usuarios más allá de lo estipulado por la Ley de Tráfico, que no contempla aspectos como el estacionamiento o las vías por las que circular.

En concreto, podrán multarse la conducción nocturna sin alumbrado ni prendas o elementos reflectantes, un comportamiento que acarreará una sanción de 200 euros. La DGT estipula la misma cantidad por el uso del teléfono móvil o los auriculares, y la baja hasta 100 euros para aquellos que lleven pasajeros, ya que los patinetes son de uso unipersonal. La institución prohíbe, bajo pena de 200 euros, la circulación por aceras y zonas peatonales, pero deja al margen el resto de especificaciones que el Concello incluye. En la instrucción, el Ayuntamiento indica que solo se podrá circular por la calzada en vías de las Zonas 30, 20 y 10, calles con un único carril cuyo límite sea inferior a 30 -los carriles bus-taxi no cuentan en el cómputo- y por los carriles bici, y fija la velocidad máxima en 25 kilómetros por hora.

La excepción serán las sendas para ciclistas, en las que no se podrán superar los 20 km/hora. En los puntos en los que convivan bicicletas y peatones, la velocidad bajará a 10. La edad mínima será de 15 años, o menores acompañados por un adulto y por vía ciclista, y la conducción deberá realizarse "respetando la preferencia de paso de los peatones". El Ayuntamiento permitirá los patinetes por las zonas residenciales, y exigirá que los vehículos dispongan de timbre, freno, luces trasera y delantera y catadióptricos.

El Ejecutivo coruñés informa de que el documento entrará en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial del EstadoEste febrero, Villoslada avanzaba que comenzaría a funcionar a finales de marzo, después de que en diciembre la DGT instara a los concellos a elaborar su propia normativa, pero se demoró con la pandemia. El órgano deja en manos de las ordenanzas municipales aspectos como el uso de casco o el aparcamiento de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP). Sobre estas cuestiones, el Concello se pronuncia en su instrucción sin apenas cambios respecto a su borrador, con la salvedad de un aumento en la franja en la que se debe llevar casco.

Frente a la solicitud de la Federación de Asociaciones de Vecinos, que pedía que fuera "obligatorio a todas las edades", el Ayuntamiento ha elevado el límite de los 15 años que estipuló en un inicio a los 16, a partir de los que se podrá circular sin esta protección. Lo que sí habrá que llevar encima será la documentación técnica del vehículo, en la que conste el marcado CE del producto con su marca y modelo, número de serie y/o bastidor, y características como sus dimensiones, peso, potencia y velocidad máxima. El Concello valora crear un registro con algunos de estos datos "a efectos de identificación" y advierte de que la información "podrá ser requerida en cualquier momento por los agentes de tráfico". Las autoridades podrán someter al conductor "a las pruebas legalmente establecidas" de alcohol y drogas, y el incumplimiento de lo pautado en la instrucción se considerará "infracción administrativa, y será sancionado en los términos previstos en la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial".

Otro aspecto que aborda la instrucción, aunque no así la DGT, es el estacionamiento de los VMP. Sus usuarios podrán utilizar los aparcamientos para bicicletas, pero no las aceras ni las zonas peatonales. También las fachadas de los edificios quedan descartadas, como los elementos de mobiliario urbano, los árboles, las señales de tráfico y las zonas de carga y descarga. Los patinetes no podrán entorpecer del mismo modo el acceso a inmuebles o servicios, ya que la prioridad será siempre el peatón.

Actividades comerciales

El uso de patinetes para actividades comerciales requerirá de autorización municipal, en la que se fijarán condiciones como las rutas y los horarios de circulación. Las compañías solo podrán permitir su uso a aquellas personas que "dispongan del nivel de habilidad mínimo que garantice su seguridad y la de los demás usuarios de la vía", y deberán disponer de seguro. Los VMP tendrán que estar identificados, y no podrán superar los diez conductores en las salidas en grupo. Cada conglomerado deberá además mantener una distancia de 100 metros de los otros, y no obstaculizar las vías ciclistas.