Las construcciones previstas en Astilleros Valiña, As Percebeiras y O Portiño, los muelles interiores o el entorno de la Torre son algunas de las bolsas de suelo edificables, con derechos concedidos en el plan general municipal. Sin embargo, al margen de lo que diga el documento aprobado por el Concello y ratificado por la Xunta, los proyectos finales quedan limitados por una normativa autonómica de aplicación directa que prevalece sobre el PGOM y que impide construcciones en lugares de paisaje abierto o natural que no armonicen con el paisaje y que limiten sus vistas.

Sentencias contrarias a esta normativa ya han impedido desarrollos en Galicia, como Puerto Infanta en Sada, o incluso originado órdenes firmes de derribo. De esta manera, sobre los derechos que le otorga a los constructores la ordenación municipal prevalece la normativa urbanística de ámbito autonómico bautizada como "Normas de aplicación directa (NAD)". Están contenidas en las leyes estatal y autonómica del suelo. La redacción es prácticamente igual en ambos textos legislativos. La ley gallega indica que las construcciones e instalaciones "habrán de adaptarse al ambiente en el que estuvieran situadas" y que "en los lugares de paisaje abierto o natural" no se permitirá que "las situación, masa o altura de las construcciones de muros y cierres, o la instalación de otros elementos limiten el campo visual para contemplar las bellezas naturales, rompan la armonía del paisaje, desfiguren la perspectiva propia del mismo o limiten o impidan la contemplación del conjunto".