El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha desestimado el recurso que en febrero de 2018 presentó el Ayuntamiento contra una sentencia de un juzgado de los Contencioso-administrativo de A Coruña que autorizaba el derribo del antiguo concesionario de Citroën en la avenida de Oza, para el que sus propietarios habían solicitado licencia de demolición en 2016. El fallo judicial constata que el Concello actuó de forma contradictoria al iniciar un proceso para modificar el planeamiento municipal con el fin de incluir el edificio en el catálogo de inmuebles protegidos cuatro meses después de que ya hubiera concedido el permiso para su derribo por silencio administrativo.

La sentencia del pasado 10 de julio, que puede recurrirse ante el Tribunal Supremo, pero el plazo de 30 días hábiles para interponer el recurso de casación finalizó a comienzos de este mes sin que los abogados de los dueños del edificio tengan constancia de que el Ayuntamiento haya recurrido.

Los magistrados respaldan la sentencia judicial de hace dos años y medio recurrida por el Concello en el mandato de Marea Atlántica, paso con el que el Gobierno local paralizó la demolición del edificio, construido en 1966 bajo la dirección de Andrés Fernández-Albalat y con protección estructural en el anterior Plan General de Ordenación Municipal (PGOM) de la ciudad, pero que se le retiró en el aprobado por el Ejecutivo del PP en 2013.

El Superior tumba el argumento del Ayuntamiento de que la suspensión de licencias (incluidas las de derribo) que aprobó el Gobierno municipal para incluir el inmueble en el catálogo de protección invalidaba la autorización previa concedida por silencio a los propietarios para poder demolerlo. "Está clara la voluntad de la administración de incorporar el edificio al catálogo del PGOM, al menos, desde el mismo día en que el interesado presentó la licencia de demolición", señala la sentencia.

"Se ha de concluir que ningún efecto tiene una resolución administrativa tardía que vaya contra el silencio administrativo positivo, pues en realidad el procedimiento de otorgamiento de licencia habría finalizado una vez producido aquél, pudiendo el titular hacer valer su licencia. Es irrelevante la futura modificación puntual del PGOM para la protección del patrimonio urbanístico", añade el fallo del TSXG a favor de la propiedad, representada por el despacho Talín-Ferreiro.

Los titulares del edificio, un singular exponente de la arquitectura industrial de mediados del siglo pasado, pidieron en 2012 una primera licencia para demolerlo y se le concedió al año siguiente. El Concello declaró caducado el permiso en mayo de 2016, meses después de que la asociación vecinal A Gaiteira-Os Castros solicitase que se devolviera la protección al inmueble. Menos de una semana más tarde los dueños pidieron otra licencia de derribo, que también fue otorgada al cabo de tres meses por silencio administrativo.

Al mismo tiempo el Gobierno de Marea estaba tramitando la inclusión del edificio en el catálogo del plan general a través de la elaboración de informes favorables a la protección, para lo que aprobó en diciembre de 2016 la suspensión de licencias en inmuebles susceptibles de ser incluidos. "El Concello parece pretender proteger y demoler simultáneamente el edificio", señalaba la jueza en la sentencia de 2018 que recurrió el anterior Ejecutivo. La única oposición a la concesión de la licencia de demolición señalada en la sentencia de 2018 fue un informe del Oficial Mayor del Concello del 14 de diciembre de 2016 que apreció la contradicción que suponía con el intento de proteger el inmueble.

Pero la jueza consideró que ese documento no podía invalidar el permiso para el derribo porque los motivos que exponía "ni siquiera constituyen causa para la denegación de la licencia", sino que "pretenden justificar, a través de un análisis superficial, la no concesión". Mientras la demolición del antiguo concesionario de Citroën estaba paralizada por el desarrollo del pleito en los tribunales, un juzgado de A Coruña sacó por segunda vez a subasta pública una cuarta parte del edificio (la planta más alta, la baja y el sótano) con el fin de satisfacer una deuda de 775.840 euros. El proceso se había iniciado en 2017, pero se interrumpió por las alegaciones de dos de sus dueños. El valor de la puja fue de 4,23 millones de euros y no hubo ofertas.