La junta de gobierno aprueba mañana personarse en un nuevo recurso judicial contra la anulación, por irregularidades, de la compra de pisos por parte del Concello para alquiler social durante el mandato anterior. Uno de los propietarios, al que el Ayuntamiento le compró dos pisos y que fue señalado por el PP por ser simpatizante de Marea Atlántica, ha presentado un segundo recurso en los tribunales, en contra de que se anule la compra de una vivienda en la calle Santander. Respecto al primero de los inmuebles de su propiedad que fue comprado por el Concello, en la calle Joaquín Martín Martínez, ya hay sentencia en primera instancia: rechaza sus pretensiones y considera válida la anulación, tal y como había estipulado el Consello Consultivo.

El propietario ha acudido a los tribunales por segunda vez en contra del acuerdo de revisión de oficio y declaración de nulidad de la resolución del 26 de diciembre de 2017 sobre la adquisición de un piso en la calle Santander.

En la sentencia anterior, la jueza de lo Contencioso concluye que la anulación de la compraventa del inmueble de la calle Joaquín Martín Martínez por parte del Concello se apoya en que el piso "carece de título urbanístico habilitante como vivienda" y "no cumple los requisitos de habitabilidad". Aunque en la oferta se presentó en el lote referido a las viviendas, estaba registrado como oficina, pese a lo cual fue admitido porque, según justificó el Gobierno municipal anterior, el plan general admite el cambio de uso del inmueble siempre que cumpla la normativa vigente en materia de accesibilidad y habitabilidad. Tras una revisión de oficio por este incumplimiento, el Gobierno anterior tuvo que anular la adquisición.

El grupo municipal del PP había señalado en 2018 irregularidades en la compra de los dos pisos que eran propiedad del afín a Marea. Una de ellas era la altura mínima exigible para poder autorizar el cambio de uso a vivienda, 2,5 metros, que no alcanzaba. "Ni efectuando obras se alcanzaría la altura mínima para que el inmueble cumpla los requisitos de habitabilidad", señala la juez apoyada en un informe pericial aportado por el recurrente.