El juzgado de lo Contencioso-administrativo número 2 de A Coruña ha rechazado las alegaciones del recurso presentado por la propietaria de un local hostelero de la zona del Orzán que funcionaba como after hour contra su cierre por el periodo de dos años y la imposición de sanciones por parte del Concello. En una sentencia declarada firme, el titular del juzgado ratifica a la Junta de Gobierno Local como órgano competente para imponer las multas por infracciones graves y muy graves tipificadas en la ordenanza municipal de protección contra la contaminación acústica, y acredita que las mediciones de sonido en que se basaron las sanciones se realizaron correctamente.

El Concello incoó un expediente a este establecimiento del Orzán, que estaba abierto de madrugada y funcionaba con licencia de cervecería, a finales de 2017. La sección municipal de Disciplina Urbanística propuso una sanción de dos años de cierre y una multa económica de 110.000 euros por exceso de ruido, al apoyarse en dos presuntas infracciones, una muy grave y otra grave, por superar los niveles de ruido permitidos. Los agentes policiales habían realizado sendas mediciones en 2017 y 2016 en horario de madrugada en las que registraron 35 y 42 decibelios, diez y diecisiete por encima del máximo legal permitido a esa hora del día.

La propietaria del establecimiento cuestionó los sistemas de medición de ruido utilizados por la Policía Local, al defender que los decibelios reales eran inferiores a los que marcaban las mediciones, como señaló en las alegaciones, desestimadas por la juez en la sentencia, de la que se dará cuenta hoy en la Junta de Gobierno Local.

El expediente municipal abierto hace tres años indicaba que el local había sido objeto de un "elevado número de denuncias formuladas por la Policía Local" en los dos años anteriores, lo que dio pie al Concello para proponer la sanción. La dueña había evitado el cierre del local en 2016 tras corregir deficiencias observadas por el 092 en las mediciones de ruido, pero el Concello la advirtió de que su local debía ajustarse a la normativa en materia de prevención de contaminación acústica.