El Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña ha condenado al Club Financiero Atlántico a pagar una indemnización de 10.000 euros a una trabajadora que había ejercido como jefa de cocina y a la que no se le reconocieron los mismos pluses que a sus predecesores hombres.

El Club Financiero tendrá que resarcirla por haberla discriminado por ser mujer. La trabajadora ya había ganado en los tribunales a la empresa, ya que el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia decidió en 2019 que la mujer tendría que cobrar no solo como jefa de cocina, sino también con las mismas condiciones económicas que se le habían reconocido a sus compañeros, unos pluses que sumaban mil euros al mes al salario de la trabajadora.

La mujer, que había empezado a trabajar en el Club Financiero en 1989, reclamó el incentivo mensual de 993,92 euros y que se le reconociese la categoría profesional de jefe de cocina, puesto que ocupaba desde 2015. Fue entonces cuando se jubiló el anterior jefe de cocina que cobraba, además del salario que le correspondía a su cargo, una cantidad fija todos los meses de 918,27 euros en concepto de incentivos, tanto con la empresa Restauraciones Monumentales y Construcciones SA como con el Club Financiero SA en el mes que trabajó para esta firma. Una cantidad que no se añadió al salario de la demandante, a pesar de que realizaba el mismo trabajo que sus predecesores.

Tras la firmeza de la sentencia, la mujer, representada por la letrada Cristina Estévez Pazos, presentó una nueva demanda por el daño moral causado a la trabajadora al haber sido discriminada desde que accedió a su puesto de jefa de cocina. El Juzgado de lo Social afirma que "existió discriminación salarial por razón de sexo, de forma que la mujer no ascendió ni se le pagó más porque era una mujer y no un hombre", según recoge el fallo, que señala que la empresa tendrá que pagar 10.000 euros a la trabajadora por daño moral.

El Club Financiero Atlántico solicitó el pasado diciembre el concurso voluntario de acreedores ante el Juzgado de lo Mercantil de A Coruña. Su cierre se produjo en marzo tras más de tres décadas de actividad. Hace unos días, un juzgado eximió de responsabilidades a la junta directiva en la quiebra de la entidad. El juez archivó una de las partes del proceso, la pieza de calificación, al concluir, apoyado en sendos informes del administrador concursal y del Ministerio fiscal, que los directivos no fueron responsables de una deuda acumulada de 300.000 euros. El proceso sigue en curso.