La posibilidad de exigir responsabilidades económicas a los miembros del Gobierno local presidido por Francisco Vázquez que aprobó entre 2004 y 2006 la ordenación urbanística del polígono de Someso se diluye, ya que la Junta de Gobierno Local aprobará mañana proponer al Consello Consultivo de Galicia que no se revisen de oficio aquellas decisiones. Este requisito había sido planteado como indispensable por el Tribunal de Cuentas para poder reclamar a los políticos que adoptaron esas resoluciones que respondieran con su patrimonio por los graves perjuicios que causaron a las arcas municipales, cifrados en torno a 23 millones de euros, cuando el Partido Popular llevó el caso ante ese órgano, después de que la Fiscalía no apreciase la existencia de delitos en la actuación municipal.

La revisión de oficio fue solicitada en 2013 por el entonces portavoz municipal del BNG, Xosé Manuel Carril, y dos años más tarde por el exconcejal socialista José Antonio Sánchez Penas. Su tramitación fue iniciada por el Gobierno local de Marea Atlántica y es completada ahora por el socialista.

A pesar de que se admite que se cometieron irregularidades que justificarían la puesta en marcha de la revisión de oficio, los técnicos municipales la desaconsejan porque tendría un elevado coste para el Concello, ya que obligaría a indemnizar con grandes cantidades a los afectados, con casi cuatro millones de euros a los propietarios de dos parcelas que se recuperarían y con una cantidad no precisada a los de un terreno sobre el que se levantó un edificio cuyas viviendas ya cuentan con licencia de primera ocupación, por lo que quienes las adquirieron también se verían perjudicados.

La Asesoría Jurídica menciona que transcurrieron quince años desde la aprobación del proyecto de compensación, que establece el reparto de las parcelas y las cargas del proceso de urbanización, del polígono de Someso, por lo que considera “evidente que la revisión de oficio afectaría a los derechos ya consolidados sobre terrenos que pasaron a ser propiedad de terceros ajenos al procedimiento, ya que no se pueden ignorar las construcciones y edificaciones que existen en dicho lugar.” A esto añade que la declaración de nulidad de oficio de los acuerdos municipales “no asegura la reparación del daño causado al Concello, y la afectación de derechos de terceros de buena fe puede generar responsabilidad para el Concello”.

El único aspecto sobre el que el Gobierno municipal se plantea adoptar una iniciativa es el referido a tres parcelas cuya propiedad no fue reconocida al Concello en la ordenación del polígono y que suman 1.558 metros cuadrados. Sobre ellas se propone que la Asesoría Jurídica ejerza las acciones legales procedentes, de acuerdo con el informe del jefe del departamento de Licencias.

Ante esta situación, el jefe del Servicio de Planeamiento y Gestión del Suelo, la directora del Área de Urbanismo y el concejal de este mismo departamento opinan que “no procede revisar de oficio los referidos acuerdos” al entender que deben aplicarse los límites establecidos por la Ley sobre este procedimiento, que hacen mención a que no podrá realizarse cuando “por prescripción de las acciones, por el tiempo transcurrido o por otras circunstancias, su ejercicio resulte contrario a la equidad, a la buena fe, al derecho de los particulares o a las leyes”.

Un informe en el mismo sentido fue emitido por los ocupantes de esos mismos cargos en abril de 2019, durante el mandato de Marea Atlántica y a solo dos meses de las elecciones municipales, pero no llegó a hacerse público debido a que la instrucción del expediente continuó.

La propuesta que aprobará la Junta de Gobierno contiene un informe de la directora de la Asesoría Jurídica Municipal en el que reconoce que la venta por el Concello de tres parcelas de su propiedad a los promotores del polígono es motivo “de nulidad de pleno derecho” de los acuerdos tomados en aquellos años porque se realizó “prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido”, ya que no se convocó un concurso como establece la legislación, así como por ser “un acuerdo contrario al ordenamiento jurídico por el que se adquirieron facultades o derechos careciéndose de los requisitos esenciales para su adquisición”. Sobre este aspecto se detalla que la operación de venta de las parcelas incumple las leyes estatal y autonómica del suelo porque no se destinaron a construir viviendas con algún tipo de protección.

Según los datos municipales, las tres fincas incluidas en esa operación tienen una superficie total de 7.863,99 metros cuadrados. Una de ellas ya cuenta con un edificio que está a punto de ser habitado y no se cuantifica qué coste podría suponer su reversión al Concello, mientras que sobre las otras dos se advierte que esa opción “ocasionaría un perjuicio patrimonial al Concello por la diferencia del valor actual de las parcelas con respecto al importe que procedería reintegrar a los particulares”, ya que han transcurrido quince años desde entonces. El cálculo efectuado establece en 3,1 millones la cantidad que habría que pagar a los promotores de acuerdo con la actualización del IPC, pero si además hubiera que añadir los intereses, la suma ascendería hasta los 3,9 millones.

El origen del caso Someso está en la expropiación de fincas a vecinos de la zona para la construcción de un campo de fútbol para el club Relámpago de Elviña. El terreno de juego nunca se construyó y una parte del suelo fue utilizado para abrir un vial a Pocomaco y el resto vendido a los promotores del polígono que se gestaba en la zona. Los expropiados reclamaron la reversión de las fincas y el Concello tuvo que indemnizarles, a lo que se sumaron irregularidades con las parcelas municipales del polígono que le causaron importantes pérdidas patrimoniales.