El Tribunal Administrativo de Contratación Pública de Galicia (Tacgal) desestimó los recursos planteados por Copasa y Valoriza contra su exclusión del concurso de la recogida de la basura y la adjudicación de este contrato a Cespa. Esa resolución permite al Gobierno local ultimar el proceso para que ese servicio, que se presta sin contrato por la misma Cespa desde enero de 2017, sea gestionado en los próximos ocho años y por un precio de 11,5 millones en cada uno de ellos, aunque aún pasarán varios meses antes de que los nuevos camiones que realizarán la recogida puedan recorrer las calles de la ciudad.

Copasa, cuya oferta se presentó en alianza con Geseco y Setec Building, recurrió por haber sido excluida del concurso al haber presentado unos camiones para la recogida en las calles más estrechas del centro con dimensiones mayores de las autorizadas. Estas empresas habían consultado si los vehículos podrían tener mayor capacidad pero el mismo tamaño, por lo que propusieron unos de los que se comprobó que eran más grandes.

Ese hecho motivó su exclusión del concurso, pero para impedirlo, presentaron alegaciones en las que exponían las medidas de un vehículo del que decían que era el planteado para el concurso. El Tacgal sin embargo apreció que esos camiones empezaron a comercializarse en julio de 2019, cuando el plazo para la presentación de ofertas para este concurso terminó en septiembre de 2018.

Tanto Copasa como Valoriza plantearon además que Cespa incumplía la condición de ofertar una parcela para sus instalaciones principales que fuera adecuada a la legalidad urbanística, ya que la que tiene actualmente en Agrela no puede ser considerada un solar por carecer de un frente a la vía pública, lo que hace necesario un proceso de normalización de lindes. Pero un informe urbanístico municipal señala que “el uso propuesto para la parcela resulta admisible”, lo que para el tribunal “no permite entender que nos encontremos ante una oferta cuyo contenido determine su inviabilidad o que se aparte de las exigencias establecidas en los pliegos de la licitación” y que por lo tanto pueda ser excluida del concurso.

Valoriza trató también de excluir a Cespa por no destinar el 0,5% del presupuesto de su oferta a subcontratos de economía social, como figura en la licitación, ya que en su propuesta menciona que no prevé subcontratar ninguna actividad. El Tacgal dictamina sobre este asunto que la obligación de subcontratar se refiere a la ejecución del contrato, por lo que es “directamente exigible y revisable en esa fase de ejecución contractual” y no antes de la adjudicación.

Otra de las causas que para Valoriza eran motivo de exclusión de Cespa es que no aportó datos sobre las emisiones de ruidos de los vehículos que usará en la recogida, tal y como se exigía en el concurso. Pero en sus alegaciones, la empresa proporcionó la declaración que “acredita el cumplimiento por esos vehículos del límite establecido como tal condición de ejecución, tanto en el nivel medido como en el garantizado”.

Copasa ya presentó en octubre un recurso ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia contra la desestimación de su reclamación de que Cespa fuera excluida del concurso y en el que expuso los mismos argumentos que hizo ante el Tacgal. Pero esta iniciativa jurídica no paraliza la adjudicación del contrato, ya que pueden pasar varios años hasta que haya una sentencia definitiva. En caso de que finalmente la Justicia anule la adjudicación del contrato a Cespa, el Concello deberá afrontar el problema que se planteará para el servicio de recogida de basura.