Un juzgado de Vigo concluye que los concellos eran “incompetentes” para multar por no llevar mascarilla en la calle hasta febrero de este año. La sentencia cuestiona las sanciones impuestas hasta hace dos meses. Desde julio, cuando la mascarilla empezó a ser obligatoria, la Policía Local de A Coruña tramitó 1.933 multas por el mal uso de la misma.

Según la sentencia, hasta la reciente reforma de la Ley de Salud de Galicia, del pasado 25 de febrero, la Administración local no tenía responsabilidad sobre el cumplimiento de las normas sanitarias en la vía pública.

Sin embargo, los agentes del 092 encargados de vigilar el cumplimiento de las medidas anticoronavirus, al igual que en todos los concellos, sí tramitaron sanciones desde el pasado verano en las calles de A Coruña como castigo a aquellos que no llevaban mascarilla, ya sea en la vía pública o en cafeterías y restaurantes, donde solo se puede quitar para consumir. De hecho, de todas las denuncias administrativas impuestas desde que se decretó el estado de alarma, un total de 6.448, la mayoría, según el área de Seguridad Ciudadana, fue por no llevar.

La sentencia del juzgado de Vigo relata que la denunciada estaba fumando, el 5 de julio del año pasado, en las inmediaciones de un pub, en Sanxenxo, en compañía de dos amigas, pero alejadas a más de dos metros de distancia de cualquier otra persona y que “ejecutaba una acción, fumar, incompatible con el uso de la mascarilla”. Además, hasta ese momento no estaba vigente ninguna normativa respecto al hecho de fumar en la vía pública. El magistrado añade que, aunque se acreditó la culpabilidad de la denunciante, el Concello de Sanxenxo carecía de competencia para sancionarla porque los hechos sucedieron en la vía pública, es decir, fuera de las “áreas de responsabilidad mínima sobre las cuales los ayuntamientos ejercían competencias de control sanitario”. El fallo concluye que, hasta la reciente reforma de la Ley de Salud de Galicia, la competencia para imponer este tipo de multas era de la Xunta y no de los ayuntamientos.

Desde el inicio de la pandemia, en marzo de 2020, la Policía Local tramitó 6.448 multas por infringir medidas anti COVID-19. Además, hasta el mes pasado, el 092 también había cursado 24 denuncias ante el juzgado de guardia por delitos de desobediencia o resistencia grave, por las cuales se realizaron 21 detenciones. Las sanciones relacionadas con la mascarilla se contabilizan desde julio, cuando su uso empezó a ser obligatorio. Esto corresponde a la tercera fase de la desescalada, como apunta la Policía Local. En las dos primeras fases, se alcanzaron las 1.381 multas.

Del 19 de julio al 24 de octubre, periodo que corresponde a la tercera fase, se registraron 1.238 sanciones, de las cuales 986 se tramitaron por no llevar mascarilla. El número bajó casi a la mitad entre el 25 de octubre y el 10 de enero, cuarta fase, que incluye el periodo navideño. Entonces, el 092 impuso 1.166 multas, 448 por el mal uso de la mascarilla. De enero al 25 de febrero, quinta fase, se registraron 1.635 sanciones, 499 relacionadas con el accesorio obligatorio para llevar la boca tapada y evitar contagios. Ya se han completado también la sexta y séptima fase, hasta el pasado día 14, en las que se llegó a las 722 denuncias administrativas.

Además de la mascarilla, otros asuntos motivaron la actuación de la Policía Local, como reuniones de no convivientes cuando estaba prohibido, paseos durante el confinamiento con la excusa de ir a por el pan o desplazamientos en coches con más de una persona en el interior. En este tiempo, el 092 también ha multado a los locales de hostelería por no incumplir el horario marcado, por permitir más personas de las autorizadas en mesas —ahora, seis en terraza y cuatro en interior— o por servir bebidas para consumo en el exterior pero fuera de la terraza.