El Tribunal Superior de Xusticia de Galicia ha confirmado las penas, que oscilan entre seis años y ocho meses de cárcel y dieciocho años y diez meses de prisión, a cinco acusados de dedicarse a obtener beneficios económicos a través del ejercicio de la prostitución por parte de terceras personas, informa el TSXG.

Así, el alto tribunal gallego ha desestimado los recursos interpuestos contra la sentencia de la Audiencia Provincial de A Coruña que los condenó por delitos de trata de seres humanos con fines de explotación sexual e inmigración ilegal.

Los sospechosos, según consta en la resolución ratificada, organizaban la llegada a España de mujeres de nacionalidad venezolana desde su país de origen, incumpliendo las normas de extranjería, con ánimo de que permaneciesen en territorio nacional ejerciendo la prostitución.

El análisis del contenido íntegro de las múltiples sesiones del juicio revela, según el TSXG, "la explotación a la que estuvieron sometidas en distintos puntos de España —entre ellos Ferrol, Santiago y Lugo— mujeres vulnerables" que acudieron al país, "algunas conocedoras de la actividad a la que se iban a dedicar, pero no en qué condiciones, y otras ajenas a tal destino".

Por tanto, la Sala concluye que existe "prueba de cargo obtenida lícitamente, corroborada desde distintos elementos de convicción y valorada de forma coherente por el tribunal, sin que, por tanto, exista motivo alguno para su modificación".

Además, los jueces recuerdan que, en relación con el delito de trata, "ya no es exigible, en la actual redacción, violencia e intimidación, siendo suficiente el engaño, abuso de superioridad o una situación de necesidad o vulnerabilidad de la víctima".