Las obras previstas en la primera planta del edificio número 8 de la calle Primo de Rivera podrán desarrollarse de acuerdo a la licencia concedida por el Concello, ya que la Dirección Xeral de Patrimonio respondió a los propietarios de cinco locales situados en ese nivel que no afectan a la protección estructural con que cuenta el inmueble, diseñado en el año 1926 por el prestigioso arquitecto Pedro Mariño, autor de obras como el Palacio Municipal coruñés.

Patrimonio confirma ahora que el edificio está incluido en el Catálogo del Patrimonio Cultural de Galicia con protección estructural y que está integrado en la zona de protección del Camino Inglés, pero añade que los trabajos programados, según figura en la licencia municipal, son consecuencia de una sentencia judicial que ordena la redistribución de la superficie de esa planta.

De acuerdo con esto, determina sobre las obras que “una orden judicial es motivación suficiente para su justificación sin perjuicio del cumplimiento del resto de garantías y condiciones” necesarias para la protección del patrimonio. También señala que las actuaciones de redistribución y reestructuración son “admisibles en inmuebles con protección estructural” y, frente a la opinión de los reclamantes, considera posible que el Concello conceda la licencia sin necesidad de la autorización previa de Patrimonio si los trabajos no afectan a elementos protegidos.

A la vista de los datos que figuran en la licencia municipal, como su presupuesto, el departamento autonómico estima que se trata de “obras claramente de escasa entidad y sin afección en la apreciación exterior”, por lo que descarta que sea necesario su permiso. En cuanto a la consideración de los afectados de que las obras no son necesarias para la conservación del edificio, Patrimonio contesta que su labor no es evaluar el cumplimiento de la normativa municipal, sino velar por la conservación de los elementos de valor cultural, que considera garantizada en este caso.

Sentencia judicial

El Concello había informado a este periódico previamente que no se habían producido irregularidades en la concesión de la licencia porque eran necesarias para cumplir una sentencia que dio la razón al propietario de un local en su reclamación de una superficie que consideraba de su propiedad en esa planta, lo que obligó a reformarla.

Los técnicos municipales entienden que los trabajos no afectan a la estructura del edificio ya que solo afectan a los tabiques, por lo que no se altera su estructura, y al no llevarse a cabo en el exterior, tampoco producen efectos sobre el Camino Inglés, cuestiones que justifican que no se solicitara el permiso previo a Patrimonio.