Las decisiones de la Junta de Gobierno Local tomadas entre 2005 y 2006 que llevaron a ceder a terceros el aprovechamiento de fincas municipales en el polígono de Someso fueron nulas de pleno derecho: esto es, se realizaron contra la ley y por tanto no debería ser válidas. Pero, como defendía el actual Gobierno local, no se revisarán de oficio y no se revertirán, extinguiéndose así posibles responsabilidades de quienes tomaron las decisiones en su momento. El Consello Consultivo de Galicia ha emitido este mes un dictamen aceptando en parte los argumentos municipales, y defendiendo que la situación se mantenga porque ha pasado mucho tiempo y para que no se perjudiquen los intereses de particulares.

La historia del polígono estuvo plagada de irregularidades. Las fincas, ocupadas ahora parcialmente por edificios residenciales, se expropiaron inicialmente para construir un campo de fútbol. Pero este nunca se realizó, y los viales a Pocomaco que ocupan parte de la parcela dejaron terrenos sobrantes. Según admite actualmente el propio Concello, las parcelas no se incorporaron al inventario de bienes municipales, ni se dieron de alta en el catastro, y tampoco se informó a los propietarios originales de que, al desaparecer el proyecto del campo de fútbol, tendrían derecho a la reversión.

Cuando presentaron solicitudes para recuperar las fincas por su propia cuenta, el Ayuntamiento las desestimó. Los interesados acudieron a los tribunales, y, tras varios procesos judiciales, el Concello ha tenido que pagarles indemnizaciones por más de 20 millones de euros.

Posteriormente, el Ayuntamiento enajenó las fincas expropiadas, ahora de su propiedad, transmitiéndoselas a promotores privados. Esto va en contra de la legalidad, ya que deberían haberlos sacado a puja pública, y además la legislación prohíbe que se transmitan bienes municipales para dedicarlos a construir vivienda destinada al mercado libre.

En febrero de 2013 el entonces edil del BNG Xosé Manuel Carril pidió que se anulasen las decisiones de la Junta de Gobierno Local en las que se habían cometido estas irregularidades y que se declarasen actos nulos de pleno derecho. Si esto se acepta, siguiendo la legislación, significaría que los actos deberían revertirse como si nunca hubieran tenido lugar, pues las decisiones de la Administración que van contra la ley no son válidas. Dos años después, el ex concejal socialista José Sánchez Penas realizó peticiones en este sentido. Se presentaron alegaciones y varios informes técnicos. El Ayuntamiento se mostró contrario a revertir los actos, si bien admitiendo las irregularidades, y el asunto llegó al Consultivo en 2020.

Este órgano, que emite dictámenes sobre los procedimientos en los que hay dudas sobre si las administraciones de Galicia deben corregir sus propios actos, pidió entonces al Ayuntamiento que argumentase mejor su postura, lo que alargó el procedimiento hasta ahora. En su dictamen definitivo, el Consultivo señala que la instrucción del expediente es “censurable” por el “desmesurado tiempo” empleado en ella, sin que se justifique “la dilación en la tramitación”; la califica de “vulneración” de los derechos ciudadanos.

Una nulidad inconveniente

Aunque el Consultivo señala que la declaración de un acto administrativo como de pleno derecho debe ser “extraordinariamente restrictiva” y solo aplicarse a casos flagrantes, cree que se dio en dos partes del proceso. En concreto, cuando se prescindió de un concurso público abierto para enajenar las parcelas municipales, y cuando estas se destinaron a viviendas libres, en contra de la normativa. Otras alegaciones de nulidad fueron rechazadas.

Pero, si estos actos son nulos, ¿por qué no se revierten y las parcelas vuelven al patrimonio municipal? Porque la nulidad no se aplica siempre, sino que la ley prevé que se puede cancelar cuando al revisar el acto sea contrario a “la equidad, la buena fe, el derecho de los particulares y las leyes”. Así, la Administración impide que se reviertan decisiones que, aunque fueron ilegales cuando se tomaron, causarían daños al cancelarse.

Basándose en este principio, el actual Gobierno local presentó varios argumentos a favor de dejar el asunto como estaba. Una de ellos es el coste para el erario municipal de revertir la propiedad de las parcelas: los nuevos propietarios podrían exigir responsabilidad patrimonial al Concello. Un informe municipal del 2019 situaba el valor de las fincas en torno a los 6,2 millones de euros; otro, de una sociedad de tasación, elevaba la cifra un 11,5%.

El coste sería, pues, “desmesurado, desproporcionado y antieconómico”, además de “lesivo” para los intereses municipales. Pero el Consultivo señala que el hecho de que revisar una decisión contraria a la normativa sea costosa para el Ayuntamiento no puede “ser utilizado como argumento” para no hacerlo.

En cambio, el Consultivo sí que señala que Carril y Sánchez Penas tuvieron “oportunidades claras de reaccionar” ante la aprobación de los acuerdos, pero dejaron transcurrir plazos de impugnación “voluntariamente” hasta pedir la revisión. Durante el tiempo transcurrido, los nuevos propietarios han ejercido sus derechos sobre las fincas; derechos que se verían afectados si las parcelas volviesen al patrimonio municipal. Por lo tanto, y para no afectar a la “seguridad jurídica”, el Consultivo rechaza revisar los acuerdos.

El acuerdo impide que se pidan responsabilidades personales pecuniarias a políticos y técnicos del Gobierno local que tomó las decisiones, presidido por Francisco Vázquez. Las penales ya no existen, ya que las investigaciones en este sentido, que partían de una denuncia del edil socialista José Sánchez Penas que apuntaba a posibles “relaciones societarias” entre Vázquez y el presidente de la junta de compensación, el empresario Antonio Fontenla, se archivaron en 2014.

Marea Atlántica calificó la decisión del Consultivo de “carpetazo en falso”, y calificó de “lamentable” que el Gobierno local no revisase los acuerdos de oficio, como pidió el partido. “Esa forma de hacer urbanismo debe desterrarse para siempre”, señala el grupo.