La Opinión de A Coruña

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El Gobierno local excluye de la nueva plusvalía el pago cuando no haya incremento de valor

Modifica la ordenanza para adaptarla a la sentencia del Tribunal Constitucional

Edificios del barrio de Xuxán, antiguo parque ofimático. Víctor Echave

La Junta de Gobierno Local aprobará este miércoles la modificación del Impuesto Municipal sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, conocido como plusvalía, con el fin de adaptar la ordenanza que lo regula a la sentencia del Tribunal Constitucional que prohíbe cobrarlo cuando no haya aumento de valor en la propiedad transmitida.

También se ajustará la cuota del impuesto al incremento cuando este se produzca mediante dos métodos de cálculo alternativos y se gravarán los que se generen en periodos inferiores a un año al entender que son los que pueden tener un carácter más especulativo. El fallo del Constitucional, emitido el pasado octubre, creó un vacío legal en los ayuntamientos que les obligó a variar la normativa con el fin de poder mantener este impuesto, uno de los que mayores ingresos genera para las arcas municipales.

En el presupuesto de este año figura una previsión de recaudación de 6,5 millones por la plusvalía, frente a los 8,67 millones del año pasado. El interventor comenta sobre este cálculo que es difícil estimar cuál será el ingreso debido al cambio que deberá efectuarse en la ordenanza, que debe estar aprobada antes de mayo. Una vez que la Junta de Gobierno Local dé el visto bueno a la nueva normativa, deberá ser aprobada de forma provisional por el pleno y luego ser expuesta durante treinta días para la presentación de alegaciones, tras lo que se procederá a su aprobación definitiva por la Corporación.

La nueva ordenanza entre los supuestos entre los que no se exigirá el pago de la plusvalía figuran “las transmisiones de terrenos respecto de las cuales se constate la inexistencia de incremento de valor por diferencia entre los valores de dichos terrenos en las fechas de transmisión y adquisición”. La modificación afecta también a las reglas para la determinación de la base imponible del impuesto y a sus bonificaciones, en las que se suprime los efectos del silencio administrativo sobre las solicitudes presentadas por los contribuyentes.

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