La Opinión de A Coruña

La Opinión de A Coruña

Las calles abiertas en O Castrillón por el Concello en 2014 deberán ser pagadas por los promotores

El Supremo confirma que el coste de las obras ha de ser incluido en el proyecto de compensación del polígono Parque de Oza u El Concello paró la tramitación en 2018 tras la alegación de PSOE, BNG , EU y federación vecinal

El entonces alcalde, Carlos Negreira, explica a vecinos de O Castrillón las obras de apertura de calles. La Opinión

Los promotores del polígono urbanístico conocido como Parque de Oza —en el que se pueden construir 18 edificios, seis de ellos de once plantas— deberán abonar los 1,15 millones de euros que invirtió el Concello en 2014, durante el Gobierno local del Partido Popular, para la urbanización de las avenidas Casanova de Eirís y Concordia, así como las calles Castrillón y Antonio Ríos. El Tribunal Supremo rechazó el pasado 6 de abril el recurso presentado por los propietarios del suelo contra la sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia que había confirmado que deben incluir esa cantidad en los gastos de urbanización del polígono.

Los grupos municipales del PSOE, BNG y Esquerda Unida, así como la Federación de Asociaciones de Vecinos, presentaron en 2015 alegaciones a la aprobación definitiva del proyecto de compensación elaborado por los promotores, ya que no incluía el pago de las obras realizadas por el Concello. Esta iniciativa llevó al Gobierno local de Marea Atlántica a anular en agosto de 2018 el documento redactado por los empresarios, quienes recurrieron en los tribunales la decisión municipal. El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 falló en su contra, lo que hizo que recurrieran esta sentencia ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.

“Es una señal inequívoca de que cuando las cosas se hacen mal, al final quienes pagan son los ciudadanos”, manifiesta sobre la sentencia Ramiro Otero, presidente de la asociación de vecinos de O Castrillón-Urbanización Soto, quien expresa su “satisfacción por esta buena noticia”. Destaca que era inevitable recurrir a la vía judicial para que la Justicia “pusiera las cosas en su sitio” , en alusión a que el Gobierno local del PP dio vía libre al proyecto de compensación sin que incluyera los gastos que habían sido costeados por el Concello. Otero anunció además que el colectivo vecinal continuará trabajando para que se regularice por completo todo el proceso de este polígono.

Obras anticipadas

Para los promotores, las obras que llevó a cabo el Concello no podían considerarse como anticipadas de las de urbanización que están previstas en el proyecto de compensación, ya que estimaban que no reunían los requisitos legales necesarios, pero el Superior de Galicia les advirtió que su recurso pretendía “la anulación del proyecto de compensación, no los proyectos de obras ordinarios aprobados por el Ayuntamiento, cuya legalidad no cabe cuestionar en el presente procedimiento, al no haber sido nunca impugnados”.

El tribunal destacó que la sentencia recurrida ya mencionaba que “no es suficiente la sospecha de la existencia de vicios en actos administrativos, sino que es necesario que se pongan en marcha los procedimientos y mecanismos para declarar su nulidad o anulabilidad”. También recordó que el Concello demostró que las obras que efectuó eran conocidas por los promotores, que las consintieron y no las impugnaron cuando les fueron notificadas.

Así figura incluso en el mismo proyecto de compensación presentado por los empresarios, de forma que el tribunal resalta que cuando se elaboró “los proyectos de obras ya estaban aprobados, los contratos de obras ya estaban licitados y adjudicados y ya estaba iniciada la ejecución de las obras proyectadas y contratadas, por lo que no existe justificación para no incluir los importes en la cuenta de liquidación”.

Otro de los motivos del recurso de los promotores es su negativa a aceptar hacerse cargo del realojo de las personas que residen legalmente en los terrenos que forman parte del polígono, ya que la Lei do Solo de Galicia de 2016 que obliga a asumir esta actuación no estaba vigente cuando iniciaron el proyecto de compensación.

Pero el Superior de Galicia rebate este argumento al recordar que la legislación urbanística estatal de 2008 incluía entre sus preceptos el de “garantizar el realojamiento de los ocupantes legales que se precise desalojar de inmuebles situados dentro del área de la actuación y que constituyan su residencia habitual”.

Sobre la obligación de reiniciar la tramitación urbanística del polígono hasta el momento de su aprobación inicial, los promotores argumentaron que la decisión no aplica los principios de conservación y convalidación y estimaron que la anulación de la aprobación del proyecto de compensación no suponía un cambio sustancial en el mismo, de forma que podría salvarse mediante “la incorporación de las correcciones debidas por las omisiones y defectos advertidos”. Para ello planteaba en el presupuesto de las obras de urbanización, calculado en 5,4 millones, se detallase que 735.454 euros serían para la ejecución anticipada de los trabajos de Casanova de Eirís, avenida de la Concordia y Antonio Ríos.

Pero el Superior puso de relieve que al haberse apreciado “vicios de anulabilidad” en esta tramitación, la “consecuencia inherente” a los mismos es “la anulación del acto de aprobación final”, tras lo que se mantendrían las actuaciones del expediente “hasta el momento en que se cometieron los vicios, esto es, la aprobación inicial”. Sobre esta cuestión apuntó que la omisión de algunos gastos de urbanización y del derecho de realojo de los ocupantes legales “comportará la necesidad de modificar la cuenta de liquidación provisional” de forma que se incluyan esas partidas.

Acerca del realojo de las personas que aún residen en la zona, los empresarios propusieron incluir un apartado que mencionaría que contendría la relación de afectados por esta causa y el ofrecimiento a cada uno de ellos de una vivienda por cada una de las que tuvieran en esos terrenos. Sobre este asunto, el tribunal destaca que no se identificaron los ocupantes legales de viviendas que serán desalojadas ni se les otorgó audiencia para ejercer su derecho durante el periodo de información pública previo a la aprobación del proyecto de compensación.

Compartir el artículo

stats