La Opinión de A Coruña

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Urbanismo en A Coruña: El Superior ratifica la demolición del esqueleto de la plaza Padre Rubinos

El fallo confirma la ilegalidad del edificio, que se empezó a construir hace más de diez años con diez alturas que no admite el plan general

El esqueleto de diez alturas de la plaza Padre Rubinos. | // VÍCTOR ECHAVE

El esqueleto urbanístico de la plaza Padre Rubinos en Os Mallos, una estructura desnuda de diez alturas que se dejó a medio construir hace más de una década y cuya su licencia caducó a finales de 2011, tendrá que ser demolido. Ya lo ordenaban varios decretos municipales del área de Rexeneración Urbana de mediados de 2018 en el mandato de Marea Atlántica, así como la sentencia de un juzgado de lo Contencioso-administrativo de A Coruña a comienzos de este año, que tumbaba un recurso y señalaba la ilegalidad del edificio. Ahora ratifica el fallo, y el derribo, una resolución del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) que desestima la apelación presentada por la promotora que en su día proyectó el inmueble, Hermanos Porto García.

Las obras de construcción del edificio, que junto a otro del mismo número de alturas sobresale entre los demás del mismo lado de la plaza que cruza la ronda de Outeiro a la altura de Os Mallos, comenzaron después de que el Gobierno local le otorgase el permiso urbanístico en marzo del 2007. “Por problemas derivados de la crisis económica no se ha podido continuar la edificación y desde la fecha de caducidad de la licencia en el año 2011 las obras están paralizadas”, alegó la empresa, que solicitó al Ayuntamiento que le concediese una licencia de legalización conforme al proyecto redactado inicialmente con el fin de terminar los trabajos.

En el proyecto reside el foco del conflicto, ya que Hermanos Porto García alega que el plano de la cartografía base del plan general aportado para la elaboración del proyecto arquitectónico reconoce la disposición de diez plantas en la edificación (planta baja, una entreplanta, siete alturas y una bajo cubierta), lo que coincide con la estructura construida hasta ahora.

El Tribunal Superior establece en su fallo que el edificio del número 22 de la plaza Padre Rubinos “no se ajusta” al planeamiento urbanístico de 2013, aprobado definitivamente casi un año y medio después de que caducase la licencia de la obra. La sentencia recoge que el inmueble que se empezó a construir “no cumple la altura, la ocupación de la parcela, la edificabilidad, ni la altura de la planta baja y existen entreplantas que el plan general prohíbe”.

La cartografía de referencia municipal —continúa la sentencia—fue la base de la que partió el planeamiento, en la que la altura del inmueble es de cinco plantas. “Resulta indiscutible que en 2007, cuando el equipo redactor procede a los trabajos preparatorios del plan general, la altura real existente en ese momento en la edificación de la parcela era de cinco plantas”, añade. La desestimación del recurso de la empresa confirma íntegramente la sentencia recurrida que ordenaba el derribo.

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