Edificios y viviendas: guía de las ayudas para las obras

El Concello abre el plazo para solicitar subvenciones destinadas a mejorar la eficiencia energética, la accesibilidad y la conservación

Obras de instalación de un ascensor en un edificio de A Coruña.

Obras de instalación de un ascensor en un edificio de A Coruña. / Víctor Echave

El Concello acaba de abrir el plazo para la solicitud de ayudas a la realización de obras para la mejora de la eficiencia energética y la accesibilidad en edificios de viviendas, así como para la conservación de aquellos que tienen una antigüedad de más de cincuenta años. A continuación se detallan las características de esta línea de subvenciones y los requisitos que se exigen en su tramitación.

Plazos. Las ayudas pueden solicitarse desde el pasado viernes y hasta el próximo 10 de abril.

Destinatarios. Podrán solicitarlas comunidades de propietarios y propietarios de viviendas, además de quienes residan en ellas si les autoriza el propietario. También están dirigidas a promotores que pretendan la rehabilitación integral de un edificio no ocupado que vaya a destinarse a domicilio habitual, como sede de entidades benéficas sin ánimo de lucro o para viviendas protegidas o de alquiler protegido.

Obras subvencionables. Las de eficiencia energética que reduzcan el consumo anual al menos en un 25%, entre ellas las de reforma de fachadas y cubiertas, sustitución de calderas, instalación o sustitución de sistemas de reducción del consumo, instalación de energías renovables y cambio de ventanas. Las de accesibilidad en edificios que permitan llegar desde el exterior a todas las viviendas y las que en edificios protegidos o con características especiales se adopten medidas que faciliten la accesibilidad universal de forma eficaz sin suponer una carga desproporcionada. También se incluyen las obras en viviendas de personas con movilidad reducida que adapte al menos una habitación, la cocina, el baño y el pasillo, así como las que mejoren la accesibilidad de viviendas de mayores de 70 años. Para las obras de conservación de edificios de más de cincuenta años de antigüedad se exige que tras su realización puedan superar un informe de evaluación. Serán subvencionables todas las obras que aún no se iniciaron o las puestas en marcha desde el 16 de febrero de 2021, lo que deberá certificarse por quien la dirigiera o mediante una declaración responsable del promotor.

Resolución. El Concello dispondrá de seis meses para decidir si concede la ayuda a partir del cierre del plazo para su solicitud. En caso de que haya silencio administrativo, se interpretará como desestimatorio.

Corrección. Durante la tramitación de las solicitudes se podrá presentar la documentación no aportada inicialmente.

Recursos. En caso de resolución negativa, los afectados podrán presentar un recurso de reposición o uno contencioso-administrativo.

Cuantía. Para las obras en fachadas y cubiertas será de hasta 6.000 euros por vivienda y para el resto de las de eficiencia energética, hasta 3.000 euros. Si cuentan con un sistema que informe al Concello desde un año antes de su realización y hasta un año después sobre los resultados obtenidos, la ayuda será de 9.000 euros para fachadas y cubiertas y de 4.500 para las demás. Para la instalación de ascensores será un máximo de 6.000 por vivienda, para mejorar la accesibilidad de viviendas de personas con discapacidad serán 12.000 y para las de mayores de 70 años, hasta 9.000. Otras obras de accesibilidad en viviendas para familias con ingresos menores que el Iprem podrán recibir hasta 12.000 euros y si no lo duplican, hasta 9.000 euros. Si no lo superan tres veces, el límite serán 6.000, si no lo cuadruplican serán 4.000 euros y para el resto de familias, hasta 2.000 euros. Esa misma escala se seguirá para las obras de mejora de la habitabilidad de viviendas, mientras que las de protección contra el ruido, mejora de la salubridad y cumplimiento de los niveles máximos de radón se concederá un máximo de 3.000 euros por vivienda. Las actuaciones en edificios catalogados recibirán 6.000 euros por vivienda si su protección es integral, 4.500 si es estructural y 3.000 si es de tipo ambiental. Para las de conservación de inmuebles, las realizadas en elementos comunes están subvencionadas con hasta 3.000 euros por vivienda.

Valoración. En las de mejora energética, se clasificarán en primer lugar las obras en elementos comunes de edificios con monitorización del consumo por parte del Concello, en las que se dará un punto por la reducción por encima del nivel exigido. Si hubiera empate entre solicitudes, se dará prioridad a las que afecten a más viviendas. A continuación irán el resto de obras, en las que también se dará un punto si la rebaja del consumo es superior a lo exigido y los empates se desharán favoreciendo al del mayor número de viviendas. El tercer puesto se destina a obras en viviendas y con las mismas condiciones que en los casos anteriores. Para demostrar la reducción del consumo debe presentarse un certificado de eficiencia energética, sin el cual no se recibirán puntos. En las obras de accesibilidad tendrán prioridad la instalación de ascensores en edificios con personas con discapacidad o movilidad reducida, en los que se dará un punto por cada una y los empates se desharán por las viviendas afectadas. A continuación se situarán las de ampliación del recorrido de ascensores o adaptación de recorridos hasta ellos en edificios con personas con discapacidad, en los que el sistema de puntuación será el mismo. Luego irán los nuevos ascensores para edificios con mayores de 70 años y posteriormente la ampliación de recorridos para estos aparatos que beneficien a personas de esa edad. El quinto puesto será para la renovación de ascensores en edificios con personas con discapacidad, seguida de esta misma obra cuando hay mayores de 70 años. En las de accesibilidad en viviendas tendrán prioridad las de personas con discapacidad y, además, a las de familias que tengan una menor renta. A continuación se primará a las de mayores de 70 años, en las que también se tendrá en cuenta su renta. En las de conservación, la prioridad seguirá el orden de protección monumental, integral, estructural, ambiental, ambiental de conjunto y sin protección. En caso de empate, se favorecerá al edificio de mayor antigüedad.

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