Mónica Martínez señala que el fallo que anuló su cargo evitó analizar si fue una tránsfuga
La sentencia no menciona que su paso al Gobierno local entre en ese supuesto
Redacción
La concejala no adscrita Mónica Martínez pone de relieve que la sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia que ordenó la anulación de su nombramiento como responsable de Deportes no se pronuncia sobre si su entrada en el Gobierno local fue un caso de transfuguismo. En el recurso que presentaron tanto ella como el Concello contra el fallo del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1, se mencionan unas sentencias del Supremo de las que dicen que fueron “dictadas en un contexto de transfuguismo que en el supuesto aquí enjuiciado no concurre”.
El Superior recuerda que la Ley de Bases de Régimen Local solo se refiere a “miembros no adscritos” al prohibir que perciban mayores retribuciones que las que tenían antes de abandonar el grupo por el resultaron elegidos, por lo que afirma: “Donde la ley no distingue, tampoco nosotros debemos distinguir.” También destaca que la sentencia apelada “no distingue” entre concejales no adscritos y tránsfugas y que las sentencias del Supremo citadas tampoco lo hacen.
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