El Superior valida la propuesta del edificio de la calle Príncipe de A Coruña para reparar los daños a la muralla

El tribunal descarta que sea necesario demoler dos inmuebles para arreglar los desperfectos que la promotora causó

Respalda la sanción impuesta por Patrimonio, en cumplimiento de una sentencia judicial

Edificio de la calle Príncipe

Edificio de la calle Príncipe / Carlos Pardellas

RAC

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha avalado en un auto la resolución de Patrimonio de la Xunta de Galicia en la que da el visto bueno a la propuesta presentada por la promotora de los edificios de la calle Príncipe 6-8, situados dentro del ámbito del Plan Especial de Protección, Reforma e Intervención de la Ciudad Vieja y Pescadería (Pepri) de A Coruña, el cual tiene como objetivo reparar los daños causados a un trecho de la muralla medieval de la ciudad y, de esta forma, cumplir la sentencia del propio TSXG emitida en 2018 en la que decretó que el dolo de la promotora derivó de no presentar un proyecto de musealización, así como de los desvíos de las obras con respecto a la licencia, de los que derivó el daño al patrimonio. De esta forma, los magistrados han desestimado el incidente promovido en ejecución de la sentencia por la comunidad de propietarios de un edificio cercano, situado en la calle Santo Domingo número 2, y han descartado que sea necesario demoler los dos edificios para reparar los daños patrimoniales causados.

Los jueces también han rechazado declarar extemporáneo el proyecto de musealización presentado por la promotora, así como adoptar la medida cautelar de suspensión de los actos administrativos que demandaba la comunidad de propietarios. El TSXG destaca que "no puede prosperar un incidente en que se pretende obtener la nulidad de determinados actos administrativos que, precisamente, se dictaron de conformidad con las posibilidades contempladas por la resolución sancionadora que dio completo y correcto cumplimiento a la sentencia". De esta forma, el alto tribunal gallego entiende "completamente ejecutada" su propia sentencia a través del dictado de la resolución sancionadora de la Xunta, con la que culminó el procedimiento, imponiendo una sanción a la promotora de 102.000 euros, así como la obligación de reposición, reflejando diferentes alternativas, y la de indemnizar por los daños y perjuicios causados.

El tribunal concluye en el auto que la competencia de la Consellería de Cultura se extiende a las obras relacionadas con la muralla, mientras que la del Concello será determinar "el alcance de las obras que se permiten en la edificación de la rúa Príncipe 6-8". Así, explica que la competencia en materia sancionadora es de Patrimonio de la Xunta, si bien al Concello le corresponde la concesión de la licencia, "atendido que las obras no la respetaron, teniendo en cuenta el grado de protección integral del edificio 8 y estructural del 6, conforme al Pepri". De esta forma, incide en que será el Concello "el que habrá de acudir, en sus decisiones arquitectónicas, a la armonización del conjunto histórico y, desde luego, salvaguardando la muralla".

"No se está eludiendo el cumplimiento de la sentencia"

Sobre el proyecto de musealización presentado por la promotora, los magistrados indican que "no se está eludiendo el cumplimiento de la sentencia, antes al contrario, se trata de llevar a ejecución lo en ella acordado, máxime atendida su relación con la defensa del patrimonio". Así, señala que, a tal efecto, "se sigue considerando la procedencia, con relación a la muralla bajomedieval y su incorporación a la escena urbana, de la necesidad de la presentación de un proyecto de puesta en valor, a través del correspondiente proyecto de musealización, como fue confirmado por el Tribunal Supremo".

"La parte ejecutante insta la adopción de medida cautelar que ha de ser rechazada, por cuanto no se evidencia que se puedan ocasionar daños irreversibles, ni la eventual causación de perjuicios irreparables al interés general, no hay prueba de que ello sea así, ni tampoco con relación al entorno de su domicilio, aunque aquí se aprecia una confusión entre la defensa del interés general y el suyo particular, cuando lo esencialmente relevante es que no se causen perjuicios al patrimonio", explica el TSXG, al tiempo que incide en que no se aprecian perjuicios, pues las actuaciones a ejecutar "han sido validadas por la Administración autonómica y pretenden solucionar los daños al patrimonio, apreciándose precisamente lo contrario, es decir, de acceder sí que se estarían causando perjuicios al retrasar la ejecución".

En cuanto a la demolición, contemplada en la resolución sancionadora de fecha 3 de diciembre de 2019 dictada por la Dirección Xeral de Patrimonio y, por extensión, en la sentencia del TSXG de 12 de abril de 2018, la Sala subraya que "también preveía la posibilidad" de que no se llevase a cabo dicha demolición, como así ha sucedido, pues Patrimonio de la Xunta entiende que las modificaciones propuestas por la promotora solucionan "los aspectos de la musealización, accesibilidad, permeabilidad e integración en la escena urbana". El auto no es firme, pues cabe presentar recurso de reposición. 

Restos de la muralla

El edificio comenzó a construirse en 2001 y fue durante los sondeos cuando se descubrieron los restos de la muralla. En 2006 IDIA obtuvo una licencia para reformar y ampliar el proyecto, pero en 2009 los propietarios del edificio contiguo la recurrieron, aunque el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia rechazó la iniciativa.

El Concello ordenó en 2016 al promotor modificar la cubierta y las chimeneas y, al desobedecer, dictó una nueva orden que obligaba a derribar todo el edificio. Los vecinos adyacentes obtuvieron a su vez en 2018 una sentencia del Superior de Galicia que ordenó a la Xunta sancionar a la promotora por haber afectado a la muralla y a obligarla a musealizarla.

Los problemas económicos de IDIA llevaron a que su deuda fuese adquirida por el fondo Romareda, que recurrió la orden de derribo y trató de buscar una solución al conflicto. La empresa comenzó en 2021 a elaborar un proyecto de obras para legalizar el inmueble y otro para exhibir la muralla al público sobre los que el Concello y Patrimonio fueron exigiendo sucesivas correcciones. En marzo de 2022 el organismo autonómico autorizó las obras de legalización y el pasado enero la Consellería de Cultura desestimó el recurso presentado por los propietarios del edificio contiguo.

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