Emalcsa gana a Oleiros un pleito que tiene bloqueados 1,6 millones de facturas del agua
El Concello oleirense pretendía que A Coruña girase los pagos a Aquaoleiros, empresa municipal que gestiona su suministro, y evitar el abono del IVA por el suministro

Salida de agua del embalse de Cecebre. | // CARLOS PARDELLAS
Una sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de A Coruña establece que la Empresa Municipal Aguas de La Coruña (Emalcsa) deberá seguir facturando al Concello de Oleiros el agua que recibe ese municipio. El Gobierno municipal de Ángel García Seoane había reclamado que los recibos se enviaran a la empresa concesionaria, Aquaoleiros, porque es la que se encarga de realizar el suministro de agua, razón por la que bloqueó el pago de 1,65 millones de euros a Emalcsa hasta que se solventase esta diferencia con la empresa municipal coruñesa, que se opuso a facturar directamente a la distribuidora de Oleiros. El fallo judicial puede ser recurrido ante una instancia superior.
El juez destaca que el “suministro de agua se realiza al Ayuntamiento de Oleiros, conforme a los contratos suscritos en su día” y que fueron aportados por Emalcsa. De acuerdo con ellos, es el Concello “el obligado al pago” y es “indiferente cual sea la posterior gestión y formalización” que ponga en marcha para prestar el servicio de distribución del agua.
Según el fallo, el contrato “no tiene por objeto la prestación del servicio de agua potable, sino la aportación de caudales” al Concello para que este proporcione ese servicio. Añade que la administración municipal de Oleiros es “libre” para prestar el servicio de distribución del agua “de forma directa o indirecta o aun por medio de una sociedad instrumenta, como es el caso. La sentencia niega el argumento de Oleiros de que la facturación que se le realiza vulnera la Ley de Haciendas Locales, ya que advierte de que la obligación de prestar el servicio de agua potable “es del Ayuntamiento, no de Aquaoleiros, que en todo caso es un ente instrumental”, por lo que Emalcsa proporciona el suministro a la administración municipal, que decidió encomendar su distribución a viviendas y empresas en la localidad a la empresa pública que creó en 2022 para desarrollar esta actividad.
El juzgado rebate además que el sistema empleado, que obliga al Concello a pagar eI IVA por el agua recibida, sea contrario a la ley sobre este impuesto al considerar que no recibe de Emalcsa ninguna prestación. La sentencia aclara que el Concello se equivoca al entender que existe “una única prestación o servicio cuando son dos separados y distintos”. Así, recuerda que por una parte está el suministro de agua al municipio por parte de Emalcsa y por otra su distribución a los clientes de Oleiros, por lo que debe aplicarse el IVA a casa una de esas operaciones, al margen de que después pueda deducirse.
La postura del Concello hace que las cuentas de Aquaoleiros del año pasado reflejen una deuda de 1,65 millones a favor de Emalcsa. Para el Gobierno local se trata de una “incidencia en la facturación” cuyo origen atribuye a Emalcsa y asegura que Aquaoleiros cuenta con los fondos para efectuar el pago en cuanto se solventen las diferencias. La empresa municipal coruñesa calificó por su parte esta situación como “un trámite administrativo” que debe resolverse en este ámbito.
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