Un juzgado tumba la demanda millonaria de Copasa por el aparcamiento irregular junto al Materno

La gestora del ‘parking’ que da servicio al hospital y al Oncológico reclamaba un millón de euros a la Empresa Municipal de Vivienda por el «quebranto» que suponía la permisividad del estacionamiento ilegal en As Xubias

Avenida de A Pasaxe, con el ‘parking’ que gestiona Copasa detrás de la pasarela.

Avenida de A Pasaxe, con el ‘parking’ que gestiona Copasa detrás de la pasarela. / Carlos Pardellas

Marcos Mosquera

Marcos Mosquera

La empresa Copasa ha perdido en primera instancia el pleito entablado contra la Empresa Municipal de Vivienda y Servicios (Emvsa) por el estacionamiento irregular en el entorno del aparcamiento público que gestiona en As Xubias, que da servicio al Hospital Materno Infantil y al Centro Oncológico de Galicia. La compañía gallega construyó ese parking por encargo de Emvsa, a la que demandó por el «quebranto económico» sufrido desde su apertura en abril de 2015 y noviembre de 2019. Copasa reclamaba 1,08 millones de compensación, pero el Juzgado de Primera Instancia número 6 de A Coruña ha desestimado su demanda.

En la sentencia, contra la que cabe recurso de apelación ante la misma sala, el juzgado concluye, en contra de los argumentos de Copasa, que Emvsa cumplió con su obligación de reclamar al Ayuntamiento medidas para el control del aparcamiento irregular en esta zona de la Avenida de A Pasaxe y que carecía de más potestad para perseguirlo o sancionarlo. También resalta el juzgado que Copasa construyó la instalación por encargo de Emvsa a cambio de disfrutar de su alquiler durante 50 años, sin quedar ligado a los beneficios o pérdidas que genere. «Ella establece el precio de aparcar en su parking, con amplia queja de los ciudadanos respecto al precio», falla la juez de Primera Instancia, que plantea que «quizá sería preciso revisar el contrato en una nueva negociación entre las partes, pero ello queda definitivamente fuera de esta litis [pleito]».

Copasa reclamaba en los tribunales una indemnización por el «estacionamiento irregular del entorno del aparcamiento y el funcionamiento de un aparcamiento ilegal en superficie». La sentencia no lo cita, pero apunta al pequeño parking privado que operó unos años junto al de Copasa y que, con sus tarifas más bajas, registraba una alta ocupación de vehículos. El Ayuntamiento le negó la prórroga de la licencia a instancias de Copasa, que lo consideraba ilegal, y ordenó su cierre.

Cláusula para tomar medidas contra el aparcamiento irregular

La empresa gallega fundamentó su demanda en que Emvsa había incumplido «la obligación» por contrato de reclamar y adoptar «medidas continuas para impedir el estacionamiento indebido de vehículos en las áreas y viales del entorno del Oncológico y el Materno Infantil, y del propio aparcamiento». La séptima cláusula del contrato establecía estas medidas: «Emvsa se compromete a demandar del área de Seguridad y Movilidad del Ayuntamiento de A Coruña la adopción de medidas continuas de vigilancia, control, restricción de aparcamiento en las citadas áreas y viales y, en su caso, denuncia e incoación de procedimientos sancionadores por infracciones tipificadas en la legislación de tráfico y seguridad vial».

El Juzgado de Primera Instancia es categórico al señalar que la cláusula «no concreta más obligación» para la compañía municipal que solicitar al Ayuntamiento «medidas continuas de vigilancia y control y restricción de aparcamiento. Nada más». «La obligación de la demandada es, en realidad, pedir, pero no adoptar medidas que no son de su competencia», expone la juez en su fallo. Remarca que incluso un tramo de la avenida de A Pasaxe no era de competencia municipal, sino del Estado.

Informe pericial que "nada clarifica"

Y considera probado que Emvsa cumplió con su obligación: «La demandada pidió al Ayuntamiento, dentro de sus competencias, que se hiciera lo posible para impedir el aparcamiento en el entorno de ambos centros hospitalarios, tanto el irregular como el de superficie (éste último también de pago)». Recuerda además que el Ayuntamiento recibió en septiembre de 2019 más de 5.000 firmas de ciudadanos que denunciaban la falta de aparcamiento alrededor del Hospital Materno debido al «precio excesivo del parking» que gestiona Copasa y a la instalación de líneas amarillas en la cuesta que baja a la vía, señalizaciones que prueban la adopción de medidas que la demandante consideraba inexistentes. «Emvsa —concluye la juez— trasladaba al Concello las quejas de la actora toda vez que no tiene capacidad sancionadora. Se instalaron bolardos, carril bici, líneas amarillas».

La juez considera que el informe pericial aportado por Copasa para apoyar su demanda «nada clarifica». Se basa, razona, en «una observación de solo dos días» y en una «estimación que sin duda fundamenta en que todos los vehículos» aparcados irregularmente en la zona «habrían optado por el parking» en caso de un mayor control, sin tener en cuenta otras opciones, como las plazas legales en superficie, entre las que cita las del lateral del Materno o las del entorno de la gasolinera. Tampoco detalló el informe, recoge la sentencia, si los vehículos mal aparcados «fueron o no objeto de sanción».

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