Solo los condenados por el crimen de Samuel Luiz recurren la sentencia

Los cuatro condenados por el asesinato apelan el fallo | Kaio Amaral solicita la libre absolución, al entender que existen «contradicciones» en el veredicto del jurado | Alejandro Freire pide que se rebaje la pena a homicidio

Una imagen del juicio por el crimen de Samuel Luiz.

Una imagen del juicio por el crimen de Samuel Luiz. / EP

Finalizado el plazo para presentar recurso contra la sentencia del crimen que acabó con la vida de Samuel Luiz, las acusaciones se muestran conformes con las condenas impuestas a los cuatro acusados por la magistrada-presidenta, Elena Fernanda Pastor Novo, y con la absolución de Catherine Silva, tal y como falló el jurado popular, y no han apelado la sentencia.

La Audiencia Provincial, a través del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, ha confirmado que ha sido recurrida solo por los acusados condenados y que "cabe destacar que ninguno de ellos ha planteado ni la nulidad de la sentencia, ni la nulidad del juicio y por lo tanto solicitado su repetición".

El primer paso en este sentido lo había dado la Fiscalía, que el 23 de enero ya hizo público que no recurriría la sentencia. Fuentes judiciales habían apuntado antes de que expirase el plazo de apelación a que las defensas seguirían una estrategia conjunta y que, si recurrían, lo harían todas las partes —Fiscalía, acusación particular, ejercida por la familia de la víctima, y acusación popular, en este caso, ejercida por la asociación ALAS Coruña— y con las mismas motivaciones.

Quienes sí han presentado recurso para intentar reducir sus penas han sido los cuatro condenados mayores de edad —hay que recordar que dos jóvenes, menores en el momento de los hechos, ya habían aceptado una condena por asesinato en 2022 de tres años y medio de privación de libertad—, al entender que no hay pruebas para demostrar la alevosía y que se puede sostener que la agresión grupal que acabó con la vida de Samuel Luiz la madrugada del 3 de julio de 2021 fue un homicidio y no un asesinato.

Para Kaio Amaral, al que la magistrada condenó a 17 años de prisión por asesinato y cinco años de libertad vigilada y a tres años y medio por el robo del móvil de la víctima, su abogado, José Ramón Sierra, pide la «libre absolución». El joven se encuentra privado de libertad desde el 9 de julio de 2021, cuando fue detenido.

«Consideramos que existen contradicciones en la motivación del veredicto del jurado, en tanto que lo condenan por dar una patada cuando nadie le ve dar la patada [en la sentencia se habla de que le vieron cargar la pierna, pero una farola impide ver qué pasó después]. Es una contradicción absoluta. También lo condenan por formar parte de un grupo, sin haber golpeado a nadie, y por impedir que la víctima escapara o que otras personas lo ayudaran. Nadie dice eso en el juicio. Pedimos la libre absolución, no una condena pequeña con rebaja de la misma», analiza José Ramón Sierra, que se suma a la línea común de todas las defensas, que dicen «que no hay alevosía» en el crimen del joven de Meicende.

El escrito de apelación de Alejandro Freirecondenado a 20 años por asesinato y cinco de libertad vigilada— solicita que se tengan en cuenta las atenuantes presentadas en el juicio, esto es, que había consumido alcohol y cocaína y que sus facultades estaban mermadas y que tiene un trastorno mixto de personalidad, además de Trastorno de Atención e Hiperactividad (TDAH).

El jurado obvió estas circunstancias atenuantes al entender que el acusado —ahora condenado— caminaba correctamente y que había escrito un mensaje a un grupo de Whatsapp tras la agresión. La defensa, ejercida por David Freire, explica que «una acción de estas características puede ser llevada a cabo por cualquier persona con las facultades mentales prácticamente anuladas» y alega también que no hay pruebas concluyentes de que Freire dirigiese «golpes certeros» o «selectivamente dirigidos a la cara y la cabeza de Samuel» durante la persecución, ya que la calidad de las imágenes no permite distinguirlo ni los testigos pueden identificarle. Sí asume, como ya dijo en el juicio, que fue él el primero que tiró a la víctima al suelo agarrándola por detrás, pero que, con esta acción «no tenía intención de matar».

La defensa de Freire pide que se le condene como autor de un delito de lesiones agravadas en concurso con un homicidio imprudente o bien, como autor de un delito de homicidio y que se le reconozcan las atenuantes para que se le rebaje la pena y se le imponga en su límite mínimo, ya que ahora está en el máximo.

La defensa de Diego Montaña, condenado a 24 años de prisión por asesinato con agravante de discriminación y cinco años de libertad vigilada, también ha presentado recurso y, según fuentes judiciales, pide que se retire el agravante de homofobia, además de que no se aprecie la alevosía. En el juicio también había presentado la atenuante de consumo de alcohol, que no se le tuvo en cuenta en esa primera instancia.

La defensa de Alejandro Míguez, ejercida por Manuel Ferreiro, ha presentado también recurso a la sentencia —como dijo ya que lo haría en la lectura del veredicto—. Míguez, que fue el último detenido y solo pasó un mes privado de libertad, fue condenado a diez años de cárcel y cinco de libertad vigilada. El jurado no alcanzó una decisión unánime sobre su participación en la agresión grupal, sino que fue condenado por mayoría, y su escrito de apelación defiende su presunción de inocencia, al entender que ha sido condenado sin pruebas, ya que no hay imágenes en las que se vea a Míguez agredir a Samuel.

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