Condenado a 15 años de cárcel por un delito continuado de agresión sexual sobre la hija de su pareja

Tribunales A Coruña.

Tribunales A Coruña. / Shutterstock

La sección segunda de la Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a 15 años de cárcel al autor de un delito continuado de agresión sexual sobre la hija menor de edad de su pareja. Además, le ha impuesto la medida de libertad vigilada durante ocho años, la inhabilitación para el ejercicio de los derechos de patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento por tiempo de cinco años y la inhabilitación para cualquier profesión, oficio, sea o no retribuido, que conlleve contacto regular y directo con personas menores de edad por tiempo superior en cuatro años a la pena privativa de libertad, así como la prohibición de aproximarse y de comunicarse con la víctima durante diez años. Además, deberá abonarle una indemnización de 18.000 euros por los daños morales que le causó.

El tribunal considera probado que el acusado violó a la menor cuando tenía 11 años, “aprovechando su condición de esposo de la madre”. Tras los hechos, según relatan los magistrados en la sentencia, “le advirtió que no se lo contara a su madre porque no la iba a creer y que, en caso de que lo hiciera, ambas tendrían consecuencias”. Los jueces también entienden acreditado que, trascurridos aproximadamente dos meses, volvió a agredirla sexualmente.

Los magistrados explican en la resolución que, para considerar la verosimilitud de la declaración de la víctima, en cuanto que corrobora múltiples extremos, también cuentan con el informe emitido por el equipo psicosocial del Imelga. Además, resaltan que “la dinámica comisiva es esencialmente la misma, pues en uno de los episodios se emplea intimidación y, en el otro, además violencia”, así como que los hechos suceden “en la vivienda, en la habitación del acusado, siempre con la excusa de ver la televisión”. La Sala concluye que ha resultado desvirtuada la presunción de inocencia y, en consecuencia, acreditada la autoría del acusado. La sentencia no es firme, pues cabe presentar recurso ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.

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