El Superior rebaja un 80% los intereses que el Concello de A Coruña debe a Tranvías por retrasos en ayudas
La concesionaria de buses pedía 285.000 euros derivados de un pago por el bonobús que el Ayuntamiento no abonó a tiempo

Buses urbanos por la calle San Andrés. / Carlos Pardellas
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) acaba de rebajar en más de un 80% los intereses que el Ayuntamiento le deberá pagar a la concesionaria del bus urbano, la Compañía de Tranvías, por el retraso a la hora de abonarle dos meses de las ayudas al bonobús. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº2 de la ciudad había sentenciado que la suma debería ser mayor pero el Superior la reduce porque considera que el dinero que se transfiere a la compañía por las ayudas al bonobús es una subvención, y no parte del contrato, por lo que los intereses que se paguen deben ser menores.
Para comprender el pleito hay que entender que el dinero que pagan los usuarios de la tarjeta Millenium, no es el precio real del billete, que cuesta 1,30 euros. Los viajeros del bonobús pagan 38 céntimos por billete, pero esto es porque hay subvenciones del Ayuntamiento y del Estado, que cubren lo que no abona el viajero. Periódicamente, el Concello le transfiere la diferencia entre las tarifa base y la bonificada a la Compañía de Tranvías.
El año pasado, como ya explicó este diario, hubo retrasos en estos abonos, y la empresa reclamó al Ayuntamiento casi cinco millones de euros por los descuentos entre el 28 de febrero y el 30 de abril. Como el Concello no le respondió, la empresa fue a los tribunales, y, además de la cantidad base, reclamó intereses. Los calculó en base a los que se deben abonar según la normativa contractual, esto es, como si el pago de la ayuda al bonobús fuese parte del contrato entre la concesionaria y el Ayuntamiento.
El Concello no negó que debiese pagar la parte principal, que, señala el Superior, ya se ha abonado al menos «en gran parte», pero sí discutió el cálculo de los intereses. Argumentaba que el pago se hace como una subvención, lo que permite que los intereses se calculen de una forma más favorable para el Ayuntamiento. La sentencia del Superior no indica a cuándo asciende la cantidad a día de hoy, pero sí que en un momento dado las cuantías que calculaban ambas partes quedaron fijadas en 285.255 y 50.123 euros. El cálculo municipal, por tanto, supone apenas un 17,6% del de la empresa.
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo admitió la versión de la Compañía de Tranvías en una sentencia emitida en febrero, pero el Gobierno local decidió apelar, y el Superior acaba de fallar en su favor. El tribunal considera que los pagos que realiza el Ayuntamiento a la concesionaria para bajar el precio del billete son «una subvención», y se diferencian, por ejemplo, de pagos que se realizasen para cubrir déficit de la concesionaria, que serían parte del contrato. Debido a esta «naturaleza extracontractual» del abono, el Superior obliga a recalcular los intereses aplicando «el plazo y tipo de intereses generales para el pago de las obligaciones», es decir, aceptando la argumentación del Concello.
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