La familia de Samuel recurre la absolución de Míguez y los condenados piden menos pena

El Supremo tendrá que decidir sobre si hubo alevosía, si hay pruebas para condenar a todos los procesados y sobre si fue un crimen homófobo | La Fiscalía estudia la sentencia del Superior antes de decidir si apela

Crimen de Samuel: Absuelto el condenado a diez años por cómplice de asesinato

Europa Press

La familia de Samuel Luiz recurrirá la sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) que estima el recurso de Alejandro Míguez, condenado a diez años de prisión como cómplice de asesinato en primera instancia, y dictamina su libre absolución. La abogada de la familia, Esther Martínez Alvedro, confirmó a este diario que acudirá al Supremo para mostrar la disconformidad de sus clientes con la resolución del Superior.

Los magistrados estimaron el recurso presentado por el abogado Manuel Ferreiro, en nombre de su cliente, Alejandro Míguez, al entender que el jurado popular lo había condenado sin pruebas y que, en su caso, debía prevalecer la presunción de inocencia. Los magistrados solo contradijeron en este punto la sentencia fallada en primera instancia ya que, en el caso de los otros tres condenados, no estimaron ni una sola de sus peticiones de rebaja de pena.

La decisión de la familia en este punto contrasta con la que tomó tras conocer la sentencia de la Audiencia, dictada con arreglo a las conclusiones del jurado popular, porque, a pesar de que absolvía a Catherine Silva, no fue recurrida por ninguna de las acusaciones. A pesar de que este diario preguntó a la letrada por qué se había producido este cambio, alegó que no haría comentarios sobre la decisión.

La Fiscalía está todavía estudiando la sentencia para saber cuál será su siguiente paso y ALAS Coruña «se adherirá en lo que necesiten», aunque su motivación principal en este caso era probar que el crimen había tenido un componente homófobo y así quedó demostrado también en esta segunda instancia, toda vez que el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia mantuvo la agravante de orientación sexual en la condena de Diego Montaña, el joven que se encaró con Samuel y al que llamó «maricón» en varias ocasiones. Su pena asciende a 24 años de privación de libertad.

Fuentes jurídicas consultadas por este diario indican que, en 2015, se recogió en la Ley de Enjuiciamiento Criminal lo que se venía aplicando «tradicionalmente», que es que «las sentencias absolutorias son inamovibles cuando derivan de la valoración de la prueba», es decir, que el recurso solo prosperaría si se hubiese hecho una interpretación de la prueba que llevó a la absolución «ilógica o arbitraria». En este tercer escalón de la sentencia, las decisiones se toman en Madrid y el tribunal revisa todos los puntos que las partes le proponen.

«El Superior pone por escrito lo que defendí durante todo el juicio, que nadie le había visto hacer nada, que valoraron la ausencia de prueba en contra, en vez de hacerlo a favor, a diferencia de lo que hicieron con Catherine Silva y que, habiendo testigos que lo exoneraban, al decir que le habían visto salir del tumulto, no fueron valorados. El Constitucional dice que la prueba de descargo hay que valorarla, aunque sea para decir que no te la crees. Estamos satisfechos porque es una sentencia justa y él está muy comedido porque, mientras esté el caso abierto, tendrá que seguir esperando y mentalizado para afrontar el peor de los escenarios», declaró ayer Ferreiro a este diario.

A falta de estudiar bien la sentencia, el abogado de Diego Montaña, Luis Salgado, comentó a este diario que solicitará en el Supremo la rebaja de la condena de su cliente. Intentará, en su recurso, como ya lo había hecho en la apelación en el Superior, que se eliminen la homofobia y la alevosía de la ecuación.

En ese sentido irán también los recursos de Alejandro Freire, representado por David Freire, y de Kaio Amaral, cuya defensa ejerce José Ramón Sierra, que han confirmado a este diario que mantendrán las peticiones que hicieron ya al Superior en cuanto a la alevosía.

En el caso de Freire, condenado a 20 años de prisión por asesinato, su defensa solicitará también que se tengan en cuenta las atenuantes de consumo de drogas y alcohol y la de alteración psíquica y que sea condenado por un homicidio preterintencional, que es cuando una acción delictiva desencadena un resultado que el autor no se espera, en este caso, la agresión grupal y posterior muerte de Samuel.

Sierra ha defendido siempre la inocencia de su cliente, Kaio Amaral, que está condenado a una pena de 20 años y medio de cárcel, 17 por el asesinato y tres y medio por el robo con violencia del móvil de la víctima. En su caso, no hay imágenes en las que se vea que agredió a Samuel porque una farola le tapa, algo que su defensa intentará usar de nuevo a su favor. Esta vez con la sentencia absolutoria por falta de pruebas de Míguez ya sobre la mesa.

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