Multas de hasta 750 euros por usar altavoces o pasear perros en la playa
La primera ordenanza municipal de arenales prohibirá las actividades deportivas que molesten a otros usuarios y fijará una distancia de diez metros para jugar con palas o pelotas

Bañistas en la playa de Orzán durante la pleamar. / Germán Barreiros/ Roller Agencia
Los bañistas que incomoden a otros con altavoces, paseen a los perros en las playas durante el verano o realicen actividades deportivas que molesten a otros usuarios de la playa se enfrentarán a multas de hasta 750 euros, de acuerdo con el proyecto para la nueva ordenanza municipal de arenales. La normativa regulará por primera vez el uso de los doce arenales coruñeses. El Ayuntamiento busca remediar la inexistencia de normativa en este ámbito, así como asegurar la integridad y la adecuada conservación del litoral.
El proyecto fue aprobado por la Junta de Gobierno Local este miércoles tras una consulta pública en la web municipal en la que se recibieron noventa sugerencias. La nueva norma tendrá que ser aprobada por el pleno y abrir un período de alegaciones de treinta días. Los plazos administrativos hacen improbable que las nuevas reglas entren en vigor este mismo verano.
El Concello considerará una falta leve, con multa hasta 750 euros, infracciones que afecten al cuidado de la playa, como deshacerse de residuos fuera de los contenedores y papeleras tirándolos al agua o a la arena, o abandonar restos de utensilios de pesca recreativa como cebos y anzuelos. Las molestias a los usuarios de la playa usando a alto volumen los altavoces o en general realizando actividades que «supongan un incumplimiento de normas cívicas de convivencia» también se consideran infracciones leves. La alcaldesa, Inés Rey, explicó que la razón para incluir a los dispositivos sonoros era que su ruido «puede interferir en las recomendaciones de seguridad y los avisos de alarma que emita la megafonía de salvamento».
La ordenanza añade que «las actividades o juegos de pelota, palas, voleibol y similares, tanto en la arena como en el agua, estarán permitidas cuando no supongan molestias para el resto de personas usuarias, por realizarse a una distancia no inferior a diez metros de ellas o cuando la dimensión del arenal así lo permita». El Ayuntamiento «podría habilitar zonas específicas en las playas para la práctica de juegos y deporte si lo ve oportuno», recoge la ordenanza.
El Concello promoverá playas libres de humo para penalizar el consumo de tabaco
La normativa también castigará a los que realicen o promocionen actividades comerciales en los arenales, como usar la megafonía sin autorización. Como ya establece la ordenanza de tenencia de animales, los usuarios que lleven a sus mascotas a las playas entre el 1 de junio y el 30 de septiembre también podrán ser multados con hasta 750 euros. La excepción a esta última regla es la playa de Bens, que se considera canina, y a los perros de salvación o de asistencia médica.
La ordenanza abre la vía a prohibir el consumo de tabaco en las playas de la ciudad. La propuesta recoge la posibilidad de crear «playas sin humo», donde consumir tabaco o cualquier producto que contenga nicotina estaría considerada una infracción grave, que acarrearía multas de 751 hasta 1.500 euros. Dentro del apartado de infracciones graves están también las relativas a los deportes acuáticos. La normativa penaliza a las embarcaciones, tablas de paddle surf, windsurf y motos náuticas que atraquen o estén varadas fuera de sus zonas reservadas. También se sancionará de manera grave las faltas de limpieza e higiene o conductas que conlleven «una alteración medioambiental» que afecte a terceras personas. El uso de bombonas de gas, bengalas o hacer hogueras también podría acarrear multas de hasta 1.500 euros. Igualmente el abandono de elementos voluminosos en las playas y hacer un uso indebido o estropear las duchas, lavapiés y contenedores, también conllevarían multas por infracciones graves.
Las faltas muy graves, con sanción de 1.501 a 3.000 euros, incluyen acciones que pongan en peligro a los bañistas, como puede ser la circulación de embarcaciones en zonas de baño, depositar materiales que produzcan contaminación o accidentes, obstruir gravemente el trabajo de socorristas o el incumplimiento de medidas de seguridad urgentes. Del mismo modo, hacer publicidad a través de varios medios podrían suponer las multas más altas.
Todas estas nuevas reglas se aplicarían en todos los arenales, aunque Durmideiras, Mouros y Lapas se rigen bajo el plan de conservación del ENIL de la Torre de Hércules.
El Ayuntamiento quiere que los bañistas opten por las instalaciones de aseo y para ello señala que «fomentará, donde no los hubiese con carácter permanente, la instalación de aseos públicos accesibles» durante el verano.
Hasta 750 euros de multa por orinar en los arenales
La nueva normativa enmarca dentro de faltas de carácter leve orinar en los arenales de la ciudad. La ordenanza local incluye dentro de sus normas de carácter higiénico-sanitario, junto con limpiar los utensilios o contenedores de comida en el mar o en la arena, una prohibición para «la evacuación fisiológica en el mar, en la playa y en su contorno inmediato». Las consecuencias de incumplirlo serán multas de hasta 750 euros, ya que se consideran infracciones de carácter leve.
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