Este es el motivo por el que la Justicia dio prestación por riesgo durante la lactancia a una mujer que trabaja con las focas del Aquarium
Su puesto incluye cuidar animales, capturar peces en el mar o sumergirse, aunque se la liberó de algunos deberes, el Superior indica que no tenía un lugar «adecuado o íntimo» para sacar la leche

Focas del Aquarium Finisterrae. / LOC
La ley obliga a dar una prestación por riesgo durante la lactancia natural a las madres que no puedan ocupar su puesto de trabajo porque este sea un riesgo para su salud o la de su hijo mientras están dando el pecho. Una de las acuaristas del Aquarium Finisterrae reclamó esta prestación a su mutua después de tener a su hijo, pero esta se negó a abonarla. Y, aunque el primer juez que vio en caso consideró que la mujer no debía cobrar el complemento, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) acaba de reconocerle el derecho.
De acuerdo con la sentencia del Superior, entre las labores a desempeñar por la mujer está el «cuidado de animales en tanques» y el tratamiento de estos cuando están enfermos. Como acuarista, debe dedicarse a limpiar cristales y filtros, a veces buceando, y a realizar controles de la calidad en laboratorio. También del «entrenamiento de las focas en el acuario». Las tareas de buceo, de media, suponen 3,5 horas a la semana.
Y, siempre según el Superior, además de realizar «desplazamientos cortos y frecuentes» en el trabajo, algunas veces manipulando cargas, los acuaristas a veces salen en una lancha cedida por el Ayuntamiento para hacer capturas de animales. En estas actividades se emplean boliches, nasas o redes, y también se bucea.
La mujer percibió, a cargo de la mutua, una prestación por riesgo durante el embarazo, y, solicitó tanto una excedencia para cuidar al niño como una prestación por riesgo durante la lactancia. Argumentaba que no se había realizado una «adaptación de mi puesto de trabajo en relación a mi estado actual». Y es que, según la legislación, el cobro de la prestación por riesgo durante el embarazo o la lactancia no es automática: la empresa puede tomar medidas para eliminar los riesgos, u ofrecer otro puesto. Solo si esto no se lleva a cabo se pasa a una situación de suspensión del contrato, y la trabajadora puede cobrar la prestación.
En este caso se tomaron varias medidas para proteger a la mujer, según considera acreditado la Justicia, y se la eximió de interactuar con mamíferos y entrar en el laboratorio. También de administrar medicamentos a animales enfermos, realizar capturas y trasladar criaturas muertas.
En base a esto, la mutua denegó la petición de la prestación, y, aunque la mujer acudió a la Justicia, el Juzgado de los Social nº7 de A Coruña confirmó la decisión. Pero la trabajadora recurrió, y el Superior considera que la «adaptación no es adecuada». El tribunal afirma que entre las medidas adoptadas «no consta la puesta a disposición de un lugar adecuado e íntimo», con garantías de higiene para «amamantar o extraer y conservar la leche» destinada al niño.
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