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Cambios en la normativa de terrazas en A Coruña: ahora permitirán a los bares algo que ya hacían algunos

Los hosteleros deberán hacer figurar este aspecto en la solicitud de la licencia, en la que tendrán que detallar sus dimensiones y diseño

La normativa vigente la prohíbe, aunque algunos locales lo incumplen

Terraza de un establecimiento de la avenida de la Marina. |  Víctor Echave

Terraza de un establecimiento de la avenida de la Marina. | Víctor Echave

A Coruña

Las terrazas de los establecimientos de hostelería de A Coruña podrán exhibir publicidad en su mobiliario, según señala el borrador de la nueva ordenanza municipal sobre estas instalaciones, aunque los empresarios que opten por hacerlo sufrirán un recargo en la tasa que paguen por colocar las sillas y mesas en la vía pública. La cuantía de ese suplemento no figura en el borrador, ya que tendrá que ser incluida en la ordenanza fiscal que determinará el año que viene el coste de la instalación de las terrazas.

La normativa aún vigente prohíbe la colocación de publicidad tanto en las terrazas como en «cualquiera de sus elementos», aunque admite la posibilidad de que se exhiba el nombre del establecimiento o su logotipo, siempre que sea con «dimensiones discretas y estéticas», para lo que deberá recibir la autorización municipal.

A pesar de la existencia de esta reglamentación, en las terrazas coruñesas es posible ver toldos, sillas y mesas en las que aparecen marcas publicitarias, algunas de las cuales patrocinan el mobiliario de esos locales. En cualquier caso, su tamaño y visibilidad es mucho menor que el habitual hace años, ya que suele limitarse a logotipos de reducidas dimensiones.

En la propuesta de la nueva ordenanza se admite la colocación de publicidad en el mobiliario, aunque «deberá indicarse expresamente» en la solicitud de la terraza que presenten los hosteleros, en la que además «deberá quedar reflejada en cuanto a dimensiones y diseño en la documentación técnica» que será necesario presentar.

Esa publicidad, además, tendrá que respetar los criterios estéticos recogidos en el borrador de la ordenanza. Al igual que con la normativa vigente, no se considerará publicidad el nombre o el logotipo del establecimiento que se coloque en toldos, sombrillas o mamparas cuando cumpla las «dimensiones discretas y estéticas» que figuran en el texto de la nueva norma.

La prohibición del uso de publicidad también se extiende con la regulación actual a las terrazas acristaladas de la plaza de María Pita, en cuyas estructuras metálicas y vidrios, así como en el mobiliario utilizado en su interior, no aparecen mensajes de este tipo. Pero no sucede así con el empleado por algunos de los establecimientos que las poseen fuera de esos cubículos, ya que tanto sillas y mesas como toldos lucen la misma publicidad que los locales de otros lugares de la ciudad.

El nuevo modelo de terrazas propuesto por el Concello para este emblemático espacio, que consisten en un toldo enrollable a dos aguas similar al empleado en las calles de San Sebastián, sí admitirá la posibilidad de que se coloque publicidad en ellas, aunque únicamente en los faldones laterales, ya que estará prohibido exhibirla en las cubiertas.

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