Investigado un coruñés que circulaba por la AP-9 en una furgoneta a 185 km/h
El conductor iba a más del doble de la velocidad máxima permitida para estos vehículos en autopistas y autovías

Dos agentes de la Guardia Civil de Tráfico durante un control de velocidad. / Guardia Civil
Un conductor coruñés está investigado por la Guardia Civil por un presunto delito contra la seguridad vial tras ser identificado después de conducir su furgoneta a 185 km/h por la autopista AP-9, donde el límite de velocidad para estos vehículos se sitúa en 90 km/h, según informan las autoridades de Tráfico. Iba, por lo tanto, a más del doble de la velocidad máxima permitida. Los hechos ocurrieron durante la madrugada del 21 de noviembre pasado cuando agentes del destacamento de Tráfico de la Guardia Civil de A Coruña que realizaban un control de velocidad mediante radar láser detectaron en la autopista AP-9, a su paso por el municipio de Abegondo, una furgoneta que circulaba a una velocidad que duplicaba el límite legal establecido para este tipo de vehículos.
La Guardia Civil explica que, cuando la furgoneta fue captada por el radar, "dadas las adversas condiciones meteorológicas y la escasa visibilidad en el momento del avistamiento, los agentes priorizaron la seguridad vial y optaron por no iniciar una persecución a alta velocidad, derivando las actuaciones posteriores al Grupo de Investigación y Análisis de Tráfico (GIAT)". Las pesquisas posteriores durante una exhaustiva labor de indagación llevaron a los agentes del GIAT a identificar al conductor, un hombre vecino de A Coruña al que se han instruido diligencias como investigado por un presunto delito contra la Seguridad Vial.
Penas de prisión
Las autoridades de Tráfico recuerdan hoy en un comunicado que el Reglamento General de Circulación estipula que, mientras turismos y motocicletas pueden alcanzar los 120 km/h en vías de alta capacidad, los vehículos de carga como furgonetas tienen limitada su velocidad a 90 km/h en este tipo de vías y en 80 km/h en carreteras convencionales. Añade la Guardia Civil que de acuerdo con el artículo 379 del Código Penal, superar en más de 80 km/h el límite permitido en vías interurbanas puede acarrear:
• Penas de prisión de 3 a 6 meses.
• Multas de 6 a 12 meses o trabajos en beneficio de la comunidad (de 31 a 90 días).
• Privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por un periodo de entre 1 y 4 años.
Colaboración ciudadana
La Guardia Civil agradece la colaboración ciudadana y recuerda que dispone de canales habilitados para comunicar hechos delictivos o infracciones de forma totalmente reservada:
• Correo electrónico: colabora@guardiacivil.org
• Formulario web: https://web.guardiacivil.es/es/colaboracion/formularios-de-colaboracion/Delitos_Infracciones.html
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