El juzgado señala "deficiencias" en el operativo del 091 en el que un agente mató a tiros a un hombre en Agrela, en A Coruña
Exime al agente que realizó los disparos al considerar que actuó en «legítima defensa» ante un ataque del fallecido pero abre la posibilidad a que el Estado pague compensación a la familia

Despliegue en el lugar donde ocurrieron los disparos y la muerte, en la Navidad de 2023. / C. Pardellas
En Navidad de 2023, un policía nacional mató a tiros a un hombre que en el polígono de Agrela, y el Juzgado de Instrucción nº1 de A Coruña ha sobreseido la investigación sobre el agente por un posible delito de homicidio imprudente, al considerar que actuó en «legítima defensa» al verse amenazado por la víctima, que se acercó a él con una barra de hierro. La madre del fallecido y la asociación SOS Racismo han anunciado que recurrirán, y el auto de sobreseimiento, aunque exime al agente de responsabilidad penal, entiende que si hubo una imprudencia sería imputable a las «deficiencias en el operativo de ese día». No descarta que el Estado tenga una «responsabilidad patrimonial», esto es, el deber de compensar a la familia.
El juzgado considera probado que el fallecido tenía un historial de enfermedad mental, y había sido diagnósticado con un «estado psicótico». En la comisaría de A Coruña «eran conocedores de que este tenía problemas mentales», y, aunque el agente causante de la muerte «no tenía por qué saberlo». El juzgado afirma que «sí podía comunicárselo el agente que dirigía el operativo», que sí «era conocedor».
En la mañana del día de Navidad de 2023 el hombre fue visto causando daños en un vehículo, y se dio aviso a la Policía Nacional. A la rotonda de Eduardo Diz, en la que se encontraba el hombre portando una barra de hierro, llegaron varios agentes, y uno de ellos lo conminó a que la soltase. En ese momento los agentes no desenfundaron sus armas, si bien al menos uno sacó la porra reglamentaria.
El hombre hizo «caso omiso» y se dirigió hacia los agentes «de forma amenazante». Luego saltó la valla de un centro cercano y empezó una persecución. Dos policías lo alcanzaron en un talud y le conminaron a tirar la barra de hierro. El varón se dirigió a uno de los policías, que le realizó dos disparos con una pistola táser, que da descargas eléctricas. Ninguno de ellos consiguió detenerlo.
El hombre siguió cargando, «con la barra de hierro en alto», contra el policía, que sacó la pistola reglamentaria y empezó a disparar, «vaciando el cargador». Al mismo tiempo, perdió el equilibrio y cayó al suelo. El supuesto atacante recibió cinco disparos, en su mayoría en los muslos pero uno en el tórax. Fue esta bala, que le atravesó un pulmón, la que acabó con su vida.
Actuación correcta del agente
El juzgado considera que, en todo caso, no hay «homicidio doloso», esto es, una muerte buscada y provocada por el agente, y estudia si en todo caso este es culpable de homicidio por imprudencia. Según el auto, el agente actuó correctamente al perseguir al hombre e intentar detenerlo, pues podía causar más daños a propiedades o personas.
Cuando los policías se dirigieron al varón en el talud lo hicieron «con una cierta agresividad» pese a sus problemas mentales, pero intentaron que dejase la barra de palabra y, cuando el varón se dirigió a uno de ellos, este intentó usar el táser antes de disparar. «A posteriori podemos pensar que pudo haberse parado previamente disparando a las piernas», que el disparo lo pudo hacerlo su compañero o que el operativo «no exigía acceder al lugar» donde estaba la víctima, pero el policía actuó temiendo por su vida y «perdió el control sobre los disparos». Si hubo imprudencia, fue «levísima» e imputable a «las deficiencias en el operativo de ese día», concluye.
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