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Nueva ordenanza de terrazas de A Coruña: horario máximo hasta las 2.30 horas y diseño unificado

La Junta de Gobierno Local aprueba la norma, que irá al pleno de la próxima semana para su visto bueno inicial

El Concello aplicará un plan anual para inspeccionar estas instalaciones

Diseño de las nuevas terrazas de la plaza de María Pita.

Diseño de las nuevas terrazas de la plaza de María Pita. / LOC

A Coruña

La nueva ordenanza de terrazas del Concello de A Coruña da un paso más para su entrada en vigor con su aprobación este miércoles por la Junta de Gobierno Local, aunque aún debe ser aprobada inicialmente por el pleno, previsiblemente el del próximo jueves, para abrirse luego un periodo para la presentación de alegaciones, tras el que después será aprobada de forma definitiva. A continuación se detallan los aspectos más relevantes de la normativa que regulará estas instalaciones.

Horarios. La apertura se producirá a partir de las 08.00 horas y el cierre será a las 23.30 horas de domingo a jueves entre el 1 de octubre y el 30 de abril, mientras que los viernes, sábados y vísperas de festivos será a las 00.30 horas. Del 1 de mayo al 30 de septiembre, de domingo a jueves se cerrará a las 00.30 horas y el resto de días a las 01.30 horas, aunque en julio y agosto se extenderá una hora más. Las zonas saturadas acústicamente o con protección de este tipo cerrarán a las 23.00 horas de domingo a jueves entre octubre y abril, mientras que el resto de días lo harán a medianoche. El resto de meses también cerrarán a medianoche de domingo a jueves y a las 01.00 horas los viernes, sábados, domingos y vísperas de festivos. En julio y agosto el inicio de la semana se cerrará a las 01.30 horas y el resto a las 02.00.

Ocupación. Las terrazas podrán instalarse en calles con una anchura mínima de 2,5 metros o de 2,30 de forma excepcional pero con mobiliario estrecho, además de en calles peatonales, plazas y espacios libres, soportales de uso público y plazas de estacionamiento. También se podrá en suelo de propiedad privada y uso público con el consentimiento de los propietarios. El espacio peatonal mínimo será 1,80 metros y la ocupación será como máximo la mitad de la superficie de la acera. La licencia deberá exhibirse en un lugar visible del local con el plano que reproduce la superficie ocupada. Estos datos podrán ser facilitados con un código QR facilitado por el Concello. La terraza solo podrá ocupar el frente del establecimiento que la explote, aunque podrá sobrepasarlo hasta el portal más próximo con el permiso de los comercios y propietarios de viviendas afectados. Se prohíbe ocupar zonas ajardinadas, la instalación de mostradores o barras, así como aparatos reproductores de imagen o sonido. La colocación de reclamos publicitarios solo se permitirá en la zona autorizada para la terraza. El mobiliario será retirado de la calle tras el cierre del local y el toldo quedará recogido.

Soportales. Las terrazas solo podrán ocupar 0,6 metros en su interior y dejarán un paso peatonal de 1,5 metros, que aumentará a 1,8 si fuera del soportal no hay acera. El mobiliario solo podrán ser barriles, mesas altas o mesas con dos sillas enfrentadas. No podrá haber cerramientos estables y en los lugares donde haya estos en el exterior, no se podrán ocupar los soportales.

Plazas de aparcamiento. Podrán instalarse terrazas mediante tarimas en ese espacio de calles con un carril por sentido o dos del mismo cuando la velocidad máxima permitida sea de 30 kilómetros por hora y en las que la acera tenga una anchura menor de 2,5 metros. La ocupación no podrá sobrepasar el 30% del espacio destinado a aparcamiento en la calle y se prohibirá su instalación cuando ya haya terraza en la acera.

Estética. Los toldos tendrán una altura mínima de 2,2 metros y no podrán instalarse en edificios con protección monumental o integral. Los elementos de la terraza tendrán que ajustarse a unos criterios fijados en un anexo de la ordenanza. No se permitirá su anclaje al suelo salvo en casos excepcionales y nunca en enlosados de piedra del casco histórico. Se autorizará la inserción de publicidad tras su solicitud al Concello, que cobrará un recargo por ella y que exigirá el cumplimiento de criterios estéticos.

Casco histórico. El mobiliario de las terrazas de esta zona será de madera tratada, acero, aluminio, hierro, tela o plástico de diseño atractivo. Sus colores serán tonos grises o blancos impuros, arenas, tierras, negros o similares. Los toldos o sombrillas usarán telas y serán desmontables o enrollables, con los mismos colores que los muebles.

Espacios singulares. Plaza de María Pita, avenidas de la Marina y Montoto, plaza de España, Ciudad Vieja y O Parrote tendrán normativa específica para sus mobiliarios. En la primera las terrazas acristaladas dejarán paso a otras sobre tarimas con toldos a dos aguas cuyas telas serán enrollables y se cerrarán tras el cierre de los locales. En la Marina y Montoto el cerramiento de las terrazas no será estable. En todos estos casos habrá que cumplir la normativa sobre los colores autorizados para los elementos.

Ruido. Si hay reiteradas quejas por el ruido nocturno de una terraza que sean comprobadas por la Policía Local, el Concello podrá limitar el horario de la instalación y el número de sus mesas, e incluso la licencia municipal. Si transcurrido un año de la reducción de horario no hay nuevas reclamaciones, el hostelero podrá solicitar que se recupere el anterior.

Inspección. El Concello elaborará un plan anual para revisar las terrazas y actuará de forma preferente ante denuncias ciudadanas. Podrá ordenar su retirada en un plazo de ocho días, con la imposición de multas cada vez que se cumpla ese periodo si no se cumple la orden. Las infracciones a los preceptos de la ordenanza prevén sanciones desde los cien a los 3.000 euros en función de su gravedad.

Licencias. La tramitación conjunta de la licencia para instalar la terraza junto con la autorización para ocupar el suelo público es una de las principales novedades de la ordenanza y tiene por fin agilizar la concesión de ambos permisos, que tendrán una duración anual, aunque podrán renovarse entre el 1 de octubre y el 15 de diciembre. Los criterios para obtenerlos serán la preferencia del tránsito peatonal, la accesibilidad de todas las personas al espacio público, la seguridad viaria y la prevención de la contaminación acústica, para lo que se respetarán los límites de ruido establecidos para viviendas y locales próximos. También se preservará la vegetación existente y la estética del entorno, además de los intereses de las personas que habiten los edificios próximos.

Mesa de terrazas. Miembros designados por los grupos políticos municipales en función de su número de miembros formarán un órgano que realizarán un seguimiento del funcionamiento de la ordenanza y asesorará al Concello en esta materia. Será informado sobre las propuestas de ordenaciones singulares o para la modificación de la aprobada para la Pescadería en 2017. La mesa podrá solicitar la participación en sus reuniones de representantes de organizaciones afectadas por esta normativa.

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