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Condenado por agredir a patadas al dueño de un pub de la calle Orzán, en A Coruña, porque no le permitió comprar tabaco

La víctima sufrió una herida en un brazo que le dejó una cicatriz, pero la Audiencia Provincial no considera acreditado que el autor del ataque fuese el responsable

Fachada de la Audiencia Provincial de A Coruña

Fachada de la Audiencia Provincial de A Coruña / Europa Press

La Audiencia Provincial acaba de ratificar a una multa de 210 euros a un hombre que agredió a patadas al dueño de un pub de la calle Orzán cuando este impidió de madrugada que él y otros dos hombres entrasen a comprar tabaco. Horas antes, estos le habían dirigido un gesto y una mirada que consideró intimidantes. El hostelero sufrió una herida en el antebrazo que le dejó una cicatriz como secuela, pero el tribunal estima en parte una alegación del condenado y considera que no ha quedado acreditado que la provocase él.

El fallo sí estima probado que el autor se había encontrado horas antes de la agresión con su víctima. Con dos acompañantes, pasó delante del pub cuando el hostelero estaba en la puerta, y le pidieron un cigarrillo. Cuando este respndió que no tenía, "uno de ellos introdujo la mano en el bolsillo interior de la chaqueta realizando un gesto como si portara algún objeto, dirigiéndole una mirada claramente intimidatoria". A las 02.40 horas, el mismo grupo quiso entrar en el local para comprar tabaco, y el responsable se lo impidió "dado que anteriormente se había sentido intimidado por ellos".

Entonces, los hombres "reaccionaron de forma alterada". El condenado le lanzó un puñetazo al hostelero que no llegó a darle, y luego le dio patadas, "sin que conste que le causaran heridas". Aunque el fallo afirma que el hostelero sufrió una herida en el antebrazo derecho que dejó cicatriz, pero no considera probado que fue por esta agresión. Tampoco que otro de los implicados "agrediese o intimidase" al hostelero. Considera al autor del ataque responsable de un delito de maltrato de obra, y no de un delito de lesiones, como se le consideró en la sentencia original, aunque le mantiene la misma multa. Sí lo exime de abonar 252 euros al hostelero por responsabilidad civil.

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