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Persecución a la piratería en A Coruña: dos bares deberán pagar una multa e indemnizar a LaLiga por emitir partidos sin autorización

La Audiencia Provincial confirmó la culpabilidad de ambos, sin posibilidad de recurso

El dueño de una de las cafeterías afirmó que la responsabilidad era de una de sus empleadas o de un cliente

Fachada de la Audiencia provincial de A Coruña.

Fachada de la Audiencia provincial de A Coruña. / LOC

A Coruña

LaLiga está redoblando su persecución de los bares que emiten ilegalmente partidos: ha puesto en marcha un canal digital de denuncias, y ofrece 50 euros a los ciudadanos que delaten a los establecimientos. Pero lleva años persiguiendo estos comportamientos, y la Audiencia Provincial de A Coruña acaba de confirmar, sin posibilidad de recurso, dos multas para locales coruñeses por emitir partidos sin autorización. En ambos casos, tendrán que indemnizar a la organización.

La multa más elevada es para una cafetería del Agra do Orzán. Según considera probado la Justicia, la cafetería estuvo "emitiendo partidos de la liga profesional, sin autorización", y en agosto de 2023 LaLiga realizó una inspección propia.

Perjuicio de 256 euros al mes

Presentó denuncia ese mes de noviembre, y en diciembre la Policía se presentó en el establecimiento mientras retransmitía un partido de Primera División que enfrentaba al Barcelona y al Almería con un sistema que permitía acceder gratis a los canales y plataformas en los que se pueden ver los encuentros. El hombre que regentaba el local no tenía autorización para emitir el partido, y la sentencia considera que se le causó a LaLiga un perjuicio mensual de unos 256 euros.

El Juzgado de Instrucción número 8 de A Coruña condenó al responsable del local por un delito leve relativo al mercado y los consumidores, y lo condenó a pagar 960 euros de multa a lo largo de cuatro meses, así como las costas si las hubiese. También consideró que debía abonar unos 512 euros a LaLiga en concepto de indemnización. El condenado apeló a la Audiencia Provincial, pero este confirmo la sentencia en su totalidad.

Reducción de la multa

El otro caso juzgado recientemente por la Audiencia Provincial es muy parecido, y el tribunal condena al titular de otro bar por haber emitido en la televisión de su establecimiento de dos partidos de fútbol "que no se retransmitían en abierto, sino a través de alguna de las plataformas que gestiona el visionado de este tipo de encuentros deportivos". Una sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de A Coruña lo condenó a indemnizar a LaLiga con algo más de 900 euros, así como a abonar seis meses de multa, con una cuota diaria de 10 euros. Es decir, unos 1.800 euros.

El condenado apeló a la Audiencia, afirmando en que la retransmisión de los partidos "habría sido efectuada directamente por alguna de sus empleadas, o por algún cliente", empleando el móvil y el bluetooth del aparato de televisión. Pero esta versión es "vaga, genérica y contradictoria", según indica la Audiencia Provincial, que añade que un testigo verificó que en la televisión del bar se emitieron imágenes de un partido entre el Celta y el Athletic y otro entre en equipo vigués y el Barça. El tribunal sí rebaja la multa, pues señala que es "desproporcionada" porque solo consta que se retransmitieron dos partidos, y la rebaja a tres meses de cuota diaria de diez euros.

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