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La Justicia respalda que el Concello de A Coruña cerrase un bar de la calle Sol que tenía el sonómetro trucado

La empresa que lo gestiona alegó que la manipulación la había realizado un extrabajador, pero el Superior considera que no ha quedado probado

El fallo considera "evidente" que los titulares no cumplieron las exigencias legales

Vehículo de la Policía Local de A Coruña.

Vehículo de la Policía Local de A Coruña. / Iago Lopez

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A Coruña

Nueva sentencia favorable al Concello de A Coruña en su campaña contra las irregularidades de la hostelería en la calle Sol, en la zona del Orzán. Hace unos meses, el Juzgado de lo Contencioso número 4 de la ciudad respaldó que se retirase el traspaso de la licencia de un pub en esta vía del Orzán porque fue falsificada, y el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia acaba de confirmar que se anulase el permiso de actividad de otra discoteca en esta calle, que llevaba la misma sociedad, porque desde ella se emitieron ruidos excesivos con el sonómetro trucado.

Según recoge la sentencia, los dueños presentaron en marzo de 2024 una declaración responsable de transmisión relativa al local, un documento que la habilitaba para explotarlo como pub. La empresa declaró que se habían tomado medidas para insonorizar el establecimiento y que cumplía todos los requisitos para operar. En junio de ese año presentó un certificado de aislamiento acústico, y afirmó que tenía un sonógrafo con limitador.

Denuncias vecinales

Pero hubo denuncias vecinales por ruidos en horario nocturno, y, en junio de 2024, la Policía Local realizó una medición de ruidos en el piso encima del pub. En noviembre de 2024, el Concello declaró la ineficacia de la declaración responsable, lo que lleva a que el pub no pueda operar, y aunque la empresa gestora llevó el caso al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº3 y luego al Superior, ambos han fallado en su contra.

De acuerdo con el informe policial, el ruido del local excedía en diez decibelios el máximo permitido, y el sonógrafo no funcionaba correctamente, pues "se mantiene fijo durante toda la prueba, a pesar de subir el volumen por encima del máximo permitido". Siempre según los policías, los precintos del aparato "han sido manipulados y retirados". Para el Superior, no hay una "mera avería puntual del fonógrafo", sino una situación continuada en el tiempo de "incumplimiento objetivamente constatado" de las medidas contra el ruido.

Manipulación con "intencionalidad"

La sentencia considera que hay una "evidente intencionalidad en la manipulación del sonógrafo", que queda probada porque se rompió el precinto que debe garantizar la inviolabilidad del aparato y "evitar su alteración". La empresa alegó que el mal funcionamiento se debía a la manipulación de un extrabajador, pero esto "ni está acreditado ni desvirtúa la responsabilidad del titular", según el fallo. En caso de que hubiera habido una avería, los propietarios tendrían que haberlo comunicado al Concello, y, para el Superior, es "evidente" que los gestores del local no cumplieron las exigencias legales.

La retirada de la declaración responsable, que lleva al cierre del local, es para el Superior una medida proporcional dado lo ocurrido. "Si no funciona el sonógrafo, el precinto se rompe, y aún así la actividad se sigue desarrollando", concluye la sentencia, no hay "ninguna duda" de que también se extingue la declaración responsable por el "incumplimiento" de las obligaciones del titular.

Prohibición de reabrir

La resolución del Concello por el que se declara ineficaz la declaración responsable señala que tampoco se permitiría una nueva, pues el establecimiento se encuentra dentro de una Zona Acústicamente Saturada (ZAS). Pero el Superior considera que el actual proceso judicial no establece si hay un veto a posibles aperturas. Esta advertencia sobre una "ulterior, futura e hipotética declaración responsable, no puede entenderse como verdadero acto administrativo" contra el que se pueda recurrir.

Según el Superior, el Ayuntamiento solo está realizando una "advertencia" y expresando el "criterio municipal". Si se llega a presentar una nueva declaración para abrir el local, el Concello deberá resolver en favor o en contra, y la empresa podrá presentar un recurso contra su decisión.

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