La Xunta cambia la norma deportiva en alerta naranja y sí podrá practicarse surf en A Coruña desde junio: estas son las condiciones
El gobierno gallego adapta la normativa autonómica tras las peticiones de federaciones y profesionales acuáticos, fijando parámetros más realistas para la práctica deportiva en esa situación

Gus de la Paz
Las escuelas de surf y los surfistas podrán realizar su actividad deportiva en la costa de A Coruña con alerta naranja vigente debido a un cambio en la regulación de la Xunta, que entró en vigor el 1 de junio. La modificación, aplicable para todo el litoral de la comunidad, afecta a tres parámetros que expone un nuevo anexo para deporte en aguas recogidas y zonas georreferenciadas: la velocidad del viento, la altura del oleaje y la visibilidad. En esta línea, el Gobierno gallego reconoce "las características específicas" reclamadas por las federaciones y los profesionales de deportes acuáticos y transforma lo que hasta ahora era un "pacto homogéneo".
En el nuevo documento, la Xunta expone las condiciones máximas en caso de alerta naranja y con las que se permite el desarrollo de la actividad, siempre y cuando los parámetros sean inferiores a esos umbrales. En el caso del surf, el viento no podrá superar los 47 nudos, que equivalen a 87 kilómetros por hora, y las olas, los 4 metros. En lo referido a la visibilidad, el anexo establece que la distancia ha de ser de una milla.

Varios surfistas entrando al mar en la playa del Orzán este miércoles / GUS DE LA PAZ
La solicitud inicial establecía la velocidad del viento en 50 nudos, unos 92 kilómetros por hora, pero la Comisión de alertas del gobierno autonómico desestimó esta condición y la rebajó hasta lo indicado para igualarla al tipo de alerta meteorológica. Estas situaciones deberán ser valoradas tomando como referencia partes oficiales de predicción marítima de la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet) y MeteoGalicia en áreas específicas y georreferenciadas.
Multas a un campeón de España de surf
Este cambio sucede tras la polémica surgida en los arenales de A Coruña, cuando el campeón de España de surf, Pablo Montero, fue multado el pasado noviembre. En las declaraciones ofrecidas en febrero de este año por la concejala de Seguridad Ciudadana de A Coruña, Montserrat Paz, esta afirmaba estar "a espera de una decisión" por parte del Gobierno gallego. "Es la Xunta la que tiene que establecer excepciones si las hay y nosotros acatarlo", expuso Paz.
"Esta normativa intenta entrar en medidas más razonables para la actividad deportiva, que tiene unas peculiaridades para ser realizadas. Este cambio en la regulación se realiza con criterios más realistas. Es surf y necesitamos ciertas situaciones climáticas, necesitamos olas. El efecto de las alertas y el tiempo cambia mucho en Galicia por causa de la costa, que es muy recortada. Hay áreas en donde, en plena alerta, ni hay olas ni viento y otras, al contrario. En días sin alerta también puede haber fuertes corrientes u oleaje, pero sin lluvias abundantes, lo cual no levanta alarma", explica Nacho Vázquez, propietario, profesor y surfista en la escuela Galisurf de A Coruña.
Vázquez reconoce como "más abiertas para deportistas y academias" las medidas que implanta la Xunta. Señala que los máximos referidos no son a pie de costa, como en el caso de las olas, en donde los cuatro metros de altura "no llegarían a la orilla", según explica. "Los nudos de viento que proponen tampoco se alcanzarían en una playa que cuenta con paredes de montaña o edificios, por ejemplo. Por otro lado, no se tiene en cuenta la dirección del viento en ese apartado y no es igual un viento de Norte a uno de Sur, ni tampoco cómo entra en cada zona georreferenciada", detalla el profesor.

Iago López
Remo y piragüismo también afectados
El anexo añadido por la Xunta a la normativa también se refiere a otras prácticas deportivas acuáticas, como el piragüismo y el remo en distintas modalidades, durante alerta naranja. En ambos casos, la visibilidad máxima debe darse a una milla de distancia de la costa. Sobre la velocidad del viento, las condiciones máximas han de ser de 30 nudos, poco más de 55 kilómetros por hora, en el caso de piragüismo y, en función de la categoría de remo, entre 22 y 35 nudos, entre 40 y 65 kilómetros por hora.
En lo referente a la altura de las olas, el tipo de piragua influye. Las barcas comunes podrán navegar en olas de 1,5 metros, mientras que los kayaks de mar lo harán en 2 metros. Del mismo modo, en remo el oleaje máximo oscila en esa misma horquilla en función de la modalidad.
"Se generó un alarmismo enorme alrededor de la práctica de surf. En días que objetivamente podíamos realizar esta práctica, no se hizo. Estas medidas no solo afectan a los deportistas o aficionados, también repercutían en las escuelas de surf y deportes acuáticos. Al no ser posible salir al agua, no podíamos realizar nuestra actividad económica", señala Vázquez.
Suscríbete para seguir leyendo