La Xunta actualiza el protocolo de la celebración de espectáculos al aire libre para que conciertos, festivales y verbenas puedan celebrarse con las máximas garantías sanitarias. Habrá dos modelos: los que se celebran con el público de pie y los que ofrecen la posibilidad de sentarse. En ambos casos, tendrán que ser al aire libre y en espacios perfectamente acotados. No estará permitido el uso de carpas, excepto en los escenarios. Tendrán que contar con registro de asistentes y venta de entradas por anticipado, además de habilitar un espacio para personas que presenten síntomas de COVID-19. Las agrupaciones de personas quedarán limitadas a lo indicado en la normativa sanitaria vigente, deberá mantenerse la distancia interpersonal, la higiene de manos y el uso de mascarilla.

Los principales cambios acordados junto a representantes del sector cultural se establecen en los espectáculos con público de pie, donde estará permitido comer y beber en el recinto y el límite máximo de asistentes se amplía a los 5.000, frente a los 1.000 que se planteaba en un primer momento. En todo caso, la capacidad máxima estará condicionada por la situación epidemiológica y podrá variar entre 1.000, 2.000 y 5.000 personas como máximo. El aforo máximo permitido será el 33% de la superficie útil del recinto.

En este tipo de espectáculos, el lugar estará dividido por sectores de manera que se establezcan grupos de un máximo de 500 personas, que tendrán sus propios servicios, circuitos de entrada y salida, y zonas habilitadas para comer y beber. Los asistentes solo podrán quitarse la mascarilla en los momentos específicos de consumo de alimentos o bebidas.

En los espectáculos al aire libre con público sentado, el aforo máximo permitido será de 10.000 personas con asientos preestablecidos. El aforo máximo permitido será del 50% de la capacidad máxima de personas sentadas en condiciones normales. También se dividirá el recinto por sectores de un máximo de 1.000 asistentes que funcionarán como grupos, con sus servicios, así como circuitos de entrada y salida propios.

Los asistentes podrán consumir alimentos y bebidas en las zonas habilitadas para el consumo y, de forma excepcional, a través de un servicio itinerantes a los asistentes sentados, siempre que se garantice la separación entre los distintos grupos de convivencia en todas las direcciones.