El punto del desencuentro

3.1- Solicitud y denominación

La futura peña deberá comunicar y remitir a la Oficina de Atención al Deportivista la solicitud donde deberá constar, necesariamente, la siguiente información:

- Propuesta de nombre.

- Domicilio correspondiente con la sede la peña (bar, restaurante, local de agrupaciones culturales, de agrupaciones gallegas etc.) con la autorización del propietario del local para acoger la sede de la peña.

- Población.

- Persona de contacto.

- Teléfono.

- Correo electrónico.

- Página web (en caso de disponer).

- Censo de peñistas entendido como la relación de todos ellos incluyendo nombre, apellidos y DNI.

Para disponer de la entidad de "peña", es imprescindible que tenga un mínimo de socios dependiendo de su ubicación:

? A Coruña (término municipal) : mínimo 30 asociados y al menos un 25% de los peñistas ostenten la condición de socios o accionistas del RCD.

? A Coruña (provincia): mínimo 20 asociados y al menos un 15% de los peñistas ostenten la condición de socios o accionistas del RCD.

? Galicia: mínimo 20 asociados y al menos un 15% de los peñistas ostenten la condición de socios, accionistas o socio amigo del RCD.

? España: mínimo 15 asociados y al menos un 10% de los peñistas ostenten la condición de socios, accionistas o socio amigo del RCD.

? Resto del mundo: mínimo 10 asociados y al menos un 5% de los peñistas ostenten la condición de socios, accionistas o socio amigo del RCD.

En el censo se debe señalar explícitamente los que son socios, accionistas o abonados del RCD.

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