El caso Fuenlabrada se encamina a un desenlace en diferentes escenarios y en uno de ellos el club se enfrenta al expediente sancionador abierto por el Comité de Competición de la Federación Española de Fútbol. El órgano abre la causa disciplinaria contra el Fuenlabrada tras las solicitudes de Deportivo, Numancia y Elche, por los perjuicios que les supuso la cancelación del encuentro en Riazor debido a los casos de coronavirus de futbolistas del conjunto madrileño.

¿Por qué abre expediente Competición? El Comité aprecia que la denuncia deportivista "aporta indicios razonables de la comisión de una infracción" , según consta en su resolución, a la que ha tenido acceso LA OPINIÓN. En un único expediente acumula las solicitudes de Deportivo. Numancia y Elche.

¿Qué investiga Competición? El expediente abierto dilucidará si el Fuenlabrada incurrió en "infracciones muy graves" tipificadas en los artículos 68 y 74 del Código Disciplinario de la Federación Española de Fútbol. El primero sanciona las "conductas contrarias al buen orden deportivo", excepto las violentas, racistas, xenófobas e intolerantes. Si se consideran muy graves, como investiga el Comité, serán sancionadas con multa de 3.006 a 30.051 euros y una o varias de las siguientes sanciones administrativas: pérdida del encuentro, con un resultado de 3-0 a favor del Deportivo; deducción de tres puntos en la clasificación; descenso de categoría; e inhabilitación para cargos federativos o suspensión de licencias de dos a cinco años. El artículo 74, "sobre el correcto desarrollo de los espectáculos deportivos", considera infracciones muy graves "la omisión del deber de asegurar" ese correcto desarrollo del partido "que implique riesgos para los espectadores o para los participantes, tanto en lo que se refiere al desarrollo de la actividad deportiva como a la protección de los derechos fundamentales". En este caso, la multa va de 18.001 a 90.000, y también se prevén inhabilitaciones y pérdidas de licencia de dos a cinco años o de por vida, retirada de puntos, o descenso de categoría.

¿Qué procedimiento se sigue en la instrucción del expediente? Competición ha nombrado instructor del expediente al abogado vasco Juan Antonio Landaberea Unzueta, experto en derecho deportivo. Su primera acción debe ser comunicar la apertura del expediente al Fuenlabrada y darle audiencia para que argumente las alegaciones que considere oportunas.

¿Cuál es el plazo de instrucción? El instructor deberá proponer el sobreseimiento o el pliego de cargos, con "las supuestas infracciones, así como las sanciones que pudieran ser de aplicación", según el Código, en un máximo de un mes desde la incoación del expediente, aunque podrá solicitar ampliar ese plazo. Los implicados disponen de diez días para presentar alegaciones. Resolución y alegaciones serán elevadas al Comité de Competición para que resuelva antes de diez días.

¿Hay posibilidad de recurso? El Código Disciplinario de la Federación estipula la posibilidad de recurso ante el Comité de Apelación y, en segunda fase, ante el Tribunal Administrativo del Deporte (TAS).