El Deportivo continúa con su batalla legal para intentar salvar la categoría con varios frentes abiertos a la vez. Según ha podido saber este diario, la Real Federación Española de Fútbol no se plantea como posible solución ampliar a 24 el número de equipos que participarán en Segunda la próxima temporada, para así dar cabida a Deportivo y Numancia, perjudicados por la decisión adoptada el pasado lunes, tras conocer los positivos por coronavirus del Fuenlabrada, de aplazar el partido de Riazor y mantener el resto de los encuentros programados. Sin embargo, la opción de una categoría de plata formada por 24 equipos es más probable de lo que en principio podría pensarse, aun cuando la LaLiga considera que tanto el Deportivo como el Numancia son equipos de Segunda B inicialmente para la próxima temporada. Y la clave de este giro radical de esta postura inicial está en el Convenio de Coordinación que firmaron Javier Tebas, presidente de LaLiga, y Luis Rubiales por parte de la Federación el 3 de julio del 2019 y que tiene una vigencia para cinco temporadas.

La clave de este nuevo escenario donde la RFEF podría obligar a la patronal a incorporar a los clubes descendidos está en el título segundo del citado convenio relativo a "las competencias de la RFEF y la Liga en la organización de la competición profesional", según una información avanzada ayer por el diario Sport, cabecera de Prensa Ibérica, el mismo grupo al que pertenece LA OPINIÓN.

En el punto sexto del citado convenio, y dentro de este título segundo, se habla concretamente de las Materias Sujetas a coordinación entre la RFEF y LaLiga, y donde dice textualmente que "las propuestas sobre el desarrollo de la competición, clasificación final y determinación de los clubes vencedores corresponden a LaLiga que necesitará previo acuerdo de la RFEF para llevarlas a cabo".

Para lograr este consenso, el convenio establece que "creará una comisión, formada por el Secretario General de la RFEF [Andreu Camps en la actualidad] y la persona que designe LaLiga y sus respectivos Jefes de Competiciones, al objeto de analizar los cambios reglamentarios necesarios a fin de que esta Comisión competente para todo lo que sea referente a eventualidades deportivas durante la competición". La RFEF puede entender como clara eventualidad lo sucedido en esa última jornada de Segunda. Lo primero, y según dicho documento, ambas comisiones deberían llegar a un acuerdo. Pero el mismo convenio también recoge el escenario en el que las dos partes se pusieran de acuerdo.

En el caso extremo de que no hubiera acuerdo en esta Comisión es cuando será el presidente de la RFEF, u el órgano que éste delegue, el que decidirá finalmente. Decisión extrema que sólo en ese caso el mismo Luis Rubiales podría derivar en el Comité de Competición profesional o derivar en la Comisión Delegada como hizo cuando aprobó los puestos europeos al explotar la pandemia y había dudas de que pudiera retomarse la competición

Teniendo en cuenta la situación actual donde hay un expediente extraordinario al Fuenlabrada ante la denuncia del Deportivo, Elche o Numancia, el presidente puede decidir de manera personal o derivar en este órgano que está formado por una persona puesta por la RFEF y presidenta del organismo, Carmen Pérez, además de un miembro elegido por la LaLiga y un tercero de consenso.

Luego de acabar en esta situación la Segunda quedaría compuesta por los clubes que han logrado la permanencia, más Deportivo y Numancia, además de los cuatro clubes que logren el ascenso de Segunda B. El Racing de Santander y el Extremadura sí se quedarían en Segunda B porque su descenso se consumó antes de la última jornada.

Es solo otro resquicio legal llegado un caso extremo, ya que también en el mismo convenio, en el apartado relativo a ascensos y descensos, se establece que "el número de clubes participantes en cada categoría profesional, con un límite máximo de veinte equipos para Primera División y veintidós para Segunda División A, será determinado de mutuo acuerdo entre la RFEF y LaLiga". "Dicho acuerdo -añade el texto del convenio de coordinación- deberá ser adoptado con anterioridad al inicio de la competición en que fuesen de aplicación tales decisiones, no pudiendo ser modificado durante el transcurso de la misma".