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Deportivo

¿Te pueden hacer un control de alcoholemia en el estadio de Riazor?

El CSD castigó a una decena de aficionados de la UD Las Palmas tras realizar tests en el acceso al campo antes del partido ante el Eibar | A Coruña no ha vivido un episodio similar

Policía Nacional, en Riazor, controla el acceso a la zona visitante en el partido ante el Málaga

Policía Nacional, en Riazor, controla el acceso a la zona visitante en el partido ante el Málaga / Casteleiro/Roller Agencia

A Coruña

La sanción a una decena de aficionados de la UD Las Palmas durante un partido de Segunda ante el Eibar en octubre ha devuelto a primera plana una de las normas con las que el Estado intentó endurecer hace años las reglas relativas al comportamiento en los estadios de fútbol. De la mano de la Comisión Antiviolencia, prohíbe ingresar a los recintos bajo los efectos del alcohol, con un límite estricto del 0,0% y la posibilidad de realizar controles durante el acceso a los estadios y durante el propio desarrollo del evento. El Consejo Superior de Deportes (CSD), un mes después de los hechos en Gran Canaria, ha sancionado a una decena de hinchas amarillos que pasaron pruebas aleatorias. Una situación que se podría replicar cualquier jornada en Riazor. No obstante, según fuentes policiales , nunca ha estado ni está previsto hacerlo. Hasta el momento, y desde su aprobación, nunca ha sucedido en un partido del Dépor.

600 euros y la retirada del abono. Esa fue la sanción del CSD a la decena de aficionados de la UD Las Palmas que fueron sometidos a los controles aleatorios realizados por la Policía y dieron positivo. Los tests se realizaron en la puerta de la grada Naciente, la zona de animación, en un domingo marcado por incidentes graves entre ultras de Las Palmas y del Alcalá de Segunda RFEF, que jugaba ese mismo día contra el filial amarillo. En la previa del duelo volaron piedras y papeleras, dejando dos heridos leves. Ese mismo día, la policía, tras hacer tests en el partido de Segunda, terminó sancionando a una decena de simpatizantes amarillos. Durante el encuentro, los ultras de Las Palmas abandonaron el estadio a los 20 minutos tras los sucesos.

La Ley del Deporte recoge la posibilidad de realizar, de manera legal, controles de alcoholemia a los aficionados de manera aleatoria tanto antes de entrar, como durante el transcurso del encuentro. El límite es estricto: 0,0%. En caso de dar positivo, la norma indica que se le puede denegar al aficionado la entrada al campo o expulsarlo, añadiendo además, una multa que, en el caso sucedido en las islas, fue de 600 euros y la retirada del carnet de socio. El organismo presidido por Javier Tebas siempre se ha mostrado partidario de un endurecimiento que, con una de sus normas, ha generado mucha polémica y controversia esta semana. De momento, en Riazor nunca se ha vivido un episodio de esta índole.

La Policía Nacional es la encargada de realizar dichos controles en los estadios, aunque las pruebas de alcohol más comunes, relacionadas con el tráfico, las suelen realizar la Policía Local en tramos urbanos y la Guardia Civil fuera. La Policía Nacional no cuenta, de manera habitual, con la infraestructura para su realización y necesitaría el apoyo de otro cuerpo de seguridad.

LaLiga tiene prohibido de manera tajante el alcohol en el fútbol. Las sanciones pueden llegar a los 10.000 euros, y los clubes, en caso de venta en sus instalaciones,podrían afrontar sanciones de hasta 50.0000 euros.

El Real Decreto que prohíbe acceder «bajo los efectos» del alcohol y otras sustancias al fútbol

La normativa en la que se apoya la competición viene regulada por el Real Decreto 203/2010, de 26 de febrero, en el que se aprobó el Reglamento de prevención de la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte. Dos de los temas que tratan se centran en el alcohol.

En el artículo 20, relativo a las entradas, se indica uno de los puntos por los que se puede prohibir el acceso al estadio es «encontrarse bajo los efectos de bebidas alcohólicas, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes o sustancias análogas». También, a través del artículo 28, relativo a las obligaciones legales, en el apartado segundo se especifica la posibilidad de «impedir el acceso» a aquellas personas que presenten «síntomas de hallarse bajo efectos de bebidas alcohólicas».

El artículo 45, relativo al «control de alcoholemia y drogas», especifica que «los responsables de la organización policial dispondrán las medidas técnicas que permitan incorporar al dispositivo de seguridad del recinto el control de alcoholemia».

La normativa es tajante tanto para los aficionados, que no pueden acceder a los estadios, superando el estricto 0,0%, como para los clubes, que tienen terminantemente prohibida la venta de bebidas alcohólicas.

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