La baja por enfermedad no impide tener derecho a vacaciones

Agencias

Bruselas

En la sentencia, los jueces europeos consideran que el derecho a las vacaciones anuales pagadas se aplica en aquellos casos en los que como consecuencia de la baja laboral, independientemente de su duración, los trabajadores no han podido disfrutarlas. No obstante, el Tribunal estima que las legislaciones estatales pueden prever la pérdida de las vacaciones de un trabajador que se encuentra en situación de baja por enfermedad, si éste ha tenido la oportunidad de ejercer su derecho.

Por otra parte, la sentencia establece una compensación económica por las vacaciones perdidas como consecuencia de la baja, cuando finalice el contrato de trabajo.

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