El dueño de Edificaciones Oriván es condenado por un despido irregular
La sentencia considera que las sociedades que administra Orlando Porteiro conforman un grupo empresarial y que deben responder solidariamente de la condena a una de ellas

Sede de Edificaciones Oriván, en la travesía de Pastoriza. / juan varela
Lui Costas | A Coruña
La magistrada titular del juzgado de lo Social número 4 de A Coruña acaba de condenar al propietario de Edificaciones Oriván, Orlando Porteiro Varela, por el despido improcedente de un trabajador de la constructora que fue posteriormente transferido a otra de las compañías que conforman el entramado industrial con sede en un bajo de Arteixo.
La sentencia, dictada el pasado día 16, hace suya la jurisprudencia del Tribunal Supremo y por primera vez califica de grupo empresarial las sociedades administradas por Orlando Porteiro Varela, el constructor que cerró Edificaciones Oriván tras contraer deudas con los proveedores de al menos 2 millones de euros. El fallo establece que Edificaciones Oriván y Promociones Supor son la misma compañía y que deben responder solidariamente ante la demanda del trabajador, una calificación que -según fuentes próximas al proceso- podría servir de precedente para el concurso necesario de acreedores declarado por el titular del juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña, Pablo González-Carreró Fojón. El juez declaró la constructora en concurso de acreedores (antigua suspensión de pagos) a instancia de algunas de las cien empresas a las que Oriván dejó cuantiosas deudas antes de cerrar.
Traslado a otra empresa
El empleado por el que Orlando Porteiro acaba de ser condenado trabajaba como conductor de Edificaciones Oriván desde hacía dos años y medio cuando el 9 de julio pasado fue despedido. El constructor le dio de baja en la Seguridad Social y al día siguiente le ofreció un nuevo contrato indefinido para el mismo puesto, aunque en la empresa Promociones Supor, también administrada por él y también con sede en la Travesía de Pastoriza número 56, razón social de otras cuatro constructoras y promotoras.
El trabajador sufrió un accidente laboral del que todavía no se ha recuperado, pero el 1 de octubre fue despedido con efecto retroactivo desde el 19 de septiembre. Durante vista oral, en la que Edificaciones Oriván fue juzgada en rebeldía, declaró un ex compañero del demandante que trabaja actualmente en otra empresa del mismo constructor, y detalló que los trabajos que se le encomendaban eran desarrollados indistintamente para una u otra empresas de las que Orlando Porteiro es administrador único.
En la sentencia, la juez entiende que existen "indicios de un claro grupo empresarial, constituido por el administrador único de Edificaciones Oriván SL, a través de la creación de distintas sociedades con continuos traslados de personal de unas empresas a otras, al que previo reconocimiento de una antigüedad mucho menor, se le coloca en una situación de difícil cobro desde el momento en el que se trata de hacer ver que la empresa contra la que se dirige la acción, solvente y no comparecida, actúa de pantalla, para conseguir el proscrito fin de que la insolvente y tampoco comparecida eluda la responsabilidad que le corresponde por cese unilateral no justificado de la relación laboral". El fallo considera improcedente el despido y condena a las dos empresas de forma solidaria a readmitir al trabajador despedido o a pagarle 5.465, 54 euros.
El administrador de Edificaciones Oriván que la semana pasada se ofreció a colaborar con el juez en el concurso de acreedores declarado en su constructora no acudió ayer a la comparecencia a la que le había citado el juez por "un despiste", según explicó la abogada que le asiste.
La letrada atribuyó la ausencia de su cliente a un malentendido y aseguró que se ha solucionado y que Porteiro colaborará con la administración concursal. El constructor se personó el viernes pasado ante el juez después de obviar dos requerimientos del administrador concursal para entregar la documentación contable de la empresa.
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