La constructora Arias Hermanos tendrá que elegir entre readmitir a los 28 trabajadores de los que prescindió en mayo a través de un despido colectivo o elevar la indemnización que les abonó -de 20 días por año trabajado- hasta el máximo legal, de 45 días por ejercicio, según una sentencia en la que el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) considera que el expediente de regulación de empleo (ERE) de extinción aprobado por la firma no está "ajustado a derecho".

El fallo se produce cuatro semanas después del juicio que enfrentó en el Palacio de Justicia coruñés a la firma de construcción especializada en obra pública con su comité de empresa, defendidos por el abogado de UGT, y los otros dos sindicatos representados en él, Comisiones Obreras y CIG, que reclamaban la anulación de los 28 despidos. Esta petición, que hubiera obligado a la readmisión de los empleados fue rechazada por el tribunal, que entiende que la empresa cumplió con la obligación de negociar el ERE sin lograr un acuerdo.

La sentencia considera sin embargo -y como ya habían denunciado los trabajadores ante la Inspección de trabajo- que la constructora no podía ejecutar un despido colectivo cuando todavía estaba vigente un ERE temporal para 118 trabajadores -que concluye en febrero de 2013-, algunos de los cuales se quedaron luego sin empleo. El TSXG argumenta que con el ERE de suspensión en marcha, basado en las mismas causas económicas que se acreditaron para el despido, la constructora solo podía rescindir los contratos a través de un nuevo acuerdo con la plantilla. Y en caso de haber acreditado causas nuevas, la firma tendría que haber demostrado una "alteración extraordinaria de las circunstancias".

El tribunal entiende sin embargo que Arias Hermanos no acreditó causas organizativas que justifiquen la medida ni económicas suficientes y recuerda que su cifra de negocio neto a finales de 2011 fue superior a la de 2010, lo que "permite suponer que el ERE suspensivo está ayudando a superar la situación económica negativa", resalta el fallo.

Aprovechar la reforma laboral

"La fecha en la que se promueve el ERE permite sostener que el mismo fue promovido para aprovechar la reforma legal (...) que permite la reducción permanente del número de trabajadores que componen la plantilla", dice la sentencia, en referencia a la reforma laboral del PP, aprobada "pocas semanas antes" de que la constructora anunciase su pretensión de ejecutar un ERE extintivo.

El TSXG a diferencia de otros tribunales superiores -destaca la CIG- no considera causa de nulidad la infracción de los requisitos formales recogidos en el real decreto 801/2011, para demostrar su voluntad negociadora, sino solo los previstos en el Estatuto de los Trabajadores, sobre la obligación de abrir un periodo de consultas y presentar la documentación necesaria. La sentencia alega también que no ha quedado acreditado el fraude de ley o abuso de derecho, cuestión que de existir, deberían haber demostrado los denunciantes.

Como recuerda el TSXG, Arias Hermanos negoció en julio de 2011 un ERE de suspensión de contratos para 118 trabajadores, aprobado por la Consellería de Traballo -antes de que la reforma laboral del PP eliminase la obligatoriedad de una autorización previa- que está vigente hasta febrero de 2013. La constructora ganó 384.426 euros en 2009; 278.287 en 2010, una cifra que se redujo hasta los 4.034 euros en 2011. En lo que va de 2012 dice acumular unas pérdidas de 322.712 euros.

Tanto la CIG como CCOO valoraron el fallo y creen que demuestra que las medidas laborales acordadas por el PP solo sirven para despedir arbitrariamente a los trabajadores. Comisiones Obreras considera que la sentencia "pionera" avala su denuncia, según la cual cualquier despido ejecutado durante un ERE temporal debía ser calificado como improcedente.

El sindicato nacionalista atribuye además los recortes laborales a un conflicto interno de Arias Hermanos, dado que el ERE se aplicó al tiempo que se despedía a su exconsejero delegado, Antón Arias, presidente de la Federación Gallega de la Construcción. Alerta además de la pasividad de los empresarios, que mantienen al frente de las organizaciones que los representan a personas "que deshicieron sus empresas amparándose en la reforma laboral".