El juzgado de Primera Instancia de refuerzo de A Coruña acaba de condenar a Novagalicia Banco a devolver a una pareja 24.600 euros de participaciones preferentes. Es la primera sentencia conocida en la que el juez no exige a los demandantes devolver los intereses cobrados de más sobre lo que deberían haber percibido si se tratase de un depósito. Entiende la sentencia que como la entidad heredera de las cajas que vendieron las preferentes incumplió sus obligaciones legales, no debe recuperar esos intereses que en algunos casos llegaron a ser del 7%.

El caso, defendido por el bufete Caamaño, Concheiro y Seoane, permitirá a una pareja de preferentistas que había sufrido las quitas exigidas por Bruselas, y habían recibido 19.000 euros tras el canje por acciones del banco que recompró el Fondo de Garantía de Depósitos, recuperar los 5.516,19 euros perdidos en ese proceso.

El juzgado es claro al estimar "íntegramente" la demanda presentada, condenando a NCG a devolver 5.516,19 euros más los intereses legales desde la fecha de la demanda; todo ello e impone las costas a la entidad.

La sentencia estima la solicitud de daños y perjuicios por incumplimiento de obligaciones legales, a diferencia de la mayoría de sentencia dictadas hasta la fecha en las que se suele declarar la nulidad de las órdenes de compra.

Según el abogado Jaime Concheiro, socio del bufete que llevó este caso, "esta sentencia es la segunda dictada por el juzgado de refuerzo de A Coruña, instaurado para dar agilidad a los centenares de demandas de preferentistas". "Hay que valorar este fallo ya que, en la demanda se hacían dos peticiones. La primera, una indemnización por incumplimiento de obligaciones legales por parte de la entidad por lo perdido en el canje, sin devolución de intereses" relató. "Y, subsidiariamente si no se estimaba dicha indemnización, la nulidad de la orden de compra con restitución de intereses", añadió, lo que en su opinión crea un precedente para otros fallos.