El Supremo acaba de cerrar el caso de las prejubilaciones millonarias en las antiguas cajas gallegas. El alto tribunal rechaza los recursos que presentaron los cinco condenados contra la sentencia de la Audiencia Nacional que los condenó a dos años de cárcel y mantiene las penas. Al igual que ellos, las considera "desproporcionadas". Pero por lo contrario. "Claramente por su exigüidad desde la perspectiva de la gravedad de las conductas", sostiene, aunque con la imposibilidad de elevarlas "al no haber sido cuestionada al alza la sentencia en ese extremo, aparte de los límites que impone el principio acusatorio".

El Supremo sostiene que las conductas de José Luis Pego, Gregorio Gorriarán, Óscar Rodríguez Estrada, Julio Fernández Gayoso y el abogado asesor Ricardo Pradas "no han quedado despenalizadas, ya que no pueden interpretarse como el resultado de actos de deslealtad en el patrimonio administrativo o fruto de decisiones equivocadas en el ámbito de la administración que les incumbía". Hicieron suyas "las cantidades millonarias", según el fallo, a través de "inequívocos actos apropiatorios con fines de lucro personal".

Lo que sí admite el Supremo es el "llamativo error" de la Audiencia Nacional en el cálculo de las indemnizaciones a devolver, ya que se sumaron dos cantidades que realmente eran alternativas en función del delito de la condena. La Audiencia Nacional deberá cuantificarlas de nuevo con la orden de que excluya alguna de las partidas y, además, motivar por qué ordena el reintegro al FROB, "pese a que la Fiscalía pidió que fuese a NCG o su sucesor".