Gas Natural Fenosa no podrá volver a exigir el pago de facturas de electricidad con consumos realizados más de un año atrás, según una sentencia que acaba de hacer público el juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña tras el juicio celebrado el pasado mes de abril en la ciudad. El fallo confirma el mismo criterio empleado ya entonces, cuando el magistrado José María Fernández Abella dictó un auto de medidas cautelares en el que imponía las mismas limitaciones hasta que se dictase sentencia y ésta fuese firme (tras los posibles recursos). El juicio fue promovido por la Fiscalía Provincial de A Coruña, que presentó en octubre de 2015 una demanda colectiva por facturación abusiva contra Gas Natural Sur, la comercializadora de Gas Natural Fenosa, tras estudiar decenas de reclamaciones enviadas al Instituto Galego de Consumo, 65 de ellas solo en la comarca de A Coruña.

La sentencia prohíbe a la eléctrica no solo enviar facturas de consumos registrados hace más de un año sino también cortar la luz a los clientes que no las paguen e inscribirlos en un fichero de morosos, dos amenazas que Gas Natural Fenosa (nombre comercial de la comercializadora Gas Natural Sur) solía incluir en las cartas para reclamar deudas.

El juez exige a la eléctrica que le informe de las medidas adoptadas "para prevenir la reiteración en el futuro de la conducta litigiosa" y le advierte de que le impondrá una multa de diez mil euros por cada día que transcurra después de que el fallo sea firme en el caso que la empresa "no cumplimente los pronunciamientos adoptados".