La banca española se enfrenta a un nuevo frente judicial con los clientes a los que concedieron préstamos hipotecarios para la compra de vivienda y a quienes en su mayoría cargaron en exclusiva los gastos derivados de ese préstamo, como el notario, el pago del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) o registro. Una sentencia del Tribunal Supremo reconoció hace poco más de un año que esta práctica y las cláusulas que así lo establecen en los contratos son abusivos y, por lo tanto, nulos. Desde entonces tan sólo existe constancia de otras cuatro sentencias que siguen esta línea; las de un juzgado de Pontevedra, otro de Oviedo, un tercero de Granollers y de la Audiencia Provincial de Zaragoza, pero se esperan muchas más.

Galicia parte en este caso con ventaja. La asociación de consumidores y usuarios Acouga anunció el pasado mes de diciembre la interposición de una demanda colectiva para exigir el reintegro de estos gastos de las hipotecas de las entidades financieras con sede en Galicia; Abanca Caixa Galicia Caixanova Novacaixagalicia Banco Etcheverría; Novagalicia Banco, Banco Pastor y Caixa Rural Galega, un procedimiento que ahorra los costes de una demanda individual y, sobre todo, puede agilizar la resolución del caso, dice Acouga.

Como ocurre con las cláusulas suelo, cuya nulidad plena fue ratificada en diciembre por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) -y que en contra de lo decidido por el Supremo establece que deben ser devueltas en su totalidad-, la banca defiende que cada contrato y cada caso es singular.

La mayor parte de las entidades evitan reconocer su responsabilidad y prefieren enfrentarse a cientos de demandas de clientes que exijan el pago de unos gastos que según las estimaciones de los expertos puede rondar los 2.000 o 3.000 euros en una hipoteca de unos 150.000 euros.

Algunos bancos sin embargo optaron por modificar sus contratos a partir de la fecha de la sentencia. Es el caso de Santander, CaixaBank, Bankia, Ibercaja y Sabadell que, como ayer detallaba El País, decidieron modificar sus contratos para las nuevas hipotecas, con lo que los gastos del usuario se reducen un 25%. Siguieron además informe del órgano de control de cláusulas abusivas, dependiente del colegio de notarios, que en una circular emitida tras la sentencia estableció como gastos repercutibles al cliente los aranceles notariales sobre el documento original; el impuesto general de Actos Jurídicos Documentados y, al banco, los gastos originados por las copias solicitadas, los de registro y la parte del AJD que se origine por las copias.

Estos cinco bancos sin embargo no han devuelto las cantidades cobradas por los gastos de las hipotecas ya concedidas. El resto de las entidades mantendrán sus contratos como hasta ahora siempre que una sentencia no los anule.

Los bufetes de abogados han empezado a recibir numerosas consultas de clientes interesados en recuperar esa parte de los gastos que no le correspondía abonar. La iniciativa de Acouga, representada por el abogado coruñés Xoán Antón Pérez-Lema, permite, según defiende la asociación, que los usuarios puedan demandar sin necesidad de pagar más que la cuota mensual de su inscripción en Acouga, de 10 euros al mes.

Las demandas colectivas tienen su tramitación, y obligan a presentar primero una solicitud de diligencias preparatorias, que ya ha sido formalizada por Acouga. Pérez-Lema considera que entre finales de enero y mediados de febrero, el juez tendrá que decidir sobre ella e instar a las entidades financieras a notificar a sus clientes por carta la existencia de esa demanda colectiva. El trámite recae en el banco en este caso para evitar conculcar Ley de Protección de Datos, que es lo que haría el banco si facilitase los datos de sus clientes afectados a la asociación de consumidores. Si el juez da ese paso, Acouga publicará la existencia de esta demanda en el BOE y la prensa y el procedimiento quedará en suspenso durante dos meses para que los interesados puedan acogerse a esa demanda colectiva. Pasado el plazo, también podrán hacerlo pero el pleito continuará su tramitación hasta la celebración del juicio y la correspondiente sentencia.

Acouga anunció la presentación de esta demanda pocos días antes de que el TJUE ratificase la nulidad plena de las cláusulas suelo y la obligatoriedad de reintegrarlas desde el inicio del contrato. La asociación ya tenía presentada otra demanda colectiva contra Abanca, ya condenada en 2013 a devolver las cláusulas suelo desde entonces. Quienes se acogieron a ella, según la asociación, sólo tienen que esperar que el juzgado dicte sentencia en función de lo establecido por el TJUE.

Xoán Antón Pérez-Lema recuerda que, obviamente, los afectados pueden presentar una denuncia individual, como de hecho ya han hecho numerosos afectados. El letrado admite que desde el anuncio de la demanda colectiva, hace menos de un mes, ha recibido más de un centenar de consultas sobre ella.