La sección Tercera de la sala de lo Penal de la Audiencia Nacional decretó el lunes la detención e ingreso en prisión de los cuatro exdirectivos de Novacaixagalicia y del abogado que les asesoró en el amaño de sus contratos prisión exdirectivos Novacaixagalicia abogadoamaño contratos a petición de la Fiscalía, porque los condenados apenas han garantizado la devolución de la mitad de los 10,4 millones percibidos por sus retiros millonariosdevolución retiros millonarios que la sentencia les exigió .

El auto firmado el pasado lunes por los magistrados Alfonso Guevara, Antonio Díaz Delgado y Ana María Rubio Encinas reconoce que los exdirectivos de la caja gallega cumplen dos de las tres condiciones que el Código Penal exige para que un condenado se vea beneficiado por la suspensión de la sentencia. La primera es carecer de antecedentes penales y la segunda, que la pena total de una misma sentencia no supere los dos años de cárcel. Lo que no cumplen el expresidente de Novacaixagalicia, Julio Fernández Gayoso; su exdirector general, José Luis Pego; el exresponsable del negocio inmobiliario, Gregorio Gorriarán; el que fuera codirector de la oficina de integración de la caja fusionada, Óscar Rodríguez Estrada, y el abogado que les asesoró en la modificación de sus contratos de alta dirección, Ricardo Pradas, es la tercera condición: "Que se hayan satisfecho las responsabilidades civiles que se hubieren originado, salvo que el juez o tribunal sentenciador, después de oír a los interesados y al Ministerio fiscal, declare la imposibilidad total o parcial de que el condenado haga frente a las mismas", según dice en su artículo 80 el Código Penal.

La sentencia confirmada por el Supremo en octubre pasado ratificó la condena contra Pego, Gorriarán y Rodríguez Estrada como autores materiales y directos de un delito de apropiación indebida "en su modalidad de gestión desleal". Gayoso y Pradas están condenados como cooperadores necesarios y solidariamente; si los otros tres no pagan, deben hacerlo ellos.

Tal y como detalla el auto, los avales y cantidades que los exejecutivos han depositado hasta ahora no cubren ni de lejos la mitad de los 10,4 millones de euros. Entre éstas y la venta de los inmuebles embargados a Gregorio Gorriarán, suman 4.091.280,25 euros, un 39% el total a devolver. A esto se unen bienes embargados con un valor de tasación de 1.285.994,77 euros. En total, 5.377.275,02 euros, un 51% de los 10.445.586,31 exigidos. "Faltaría así la última de las condiciones que exige el citado artículo 80.2 del Código Penal, ya que la simple manifestación de los condenados no equivale al compromiso a que se refiere tal precepto, siendo necesario que se acredite facilitando garantías suficientes de cumplimiento", dice el auto.

La Audiencia Nacional justifica además su decisión a pesar de que la sentencia condenatoria y las cantidades exigidas no sean firmes; que estén pendientes de un recurso de casación. El auto alude, como ya ayer publicó este diario, a la gravedad del delito cometido "atendiendo al impacto macroeconómico producido" y para "evitar la impunidad" considera necesario el ingreso en prisión de los condenados, sobre todo tras considerar el Supremo que las penas eran "benévolas". "Se trata de individuos que tenían la administración de una caja de ahorros que precisó de un rescate por el Estado y que se encuentran investigados en otras causas que se instruyen en la Audiencia Nacional".

Mientras, los ex altos cargos recibieron ayer sus primeras visitas, de familiares y abogados, en la prisión pontevedresa de A Lama. Están "tranquilos, dentro de lo posible que es estarlo", según aseguran en su entorno, aunque todavía "muy sorprendidos" por su detención. Las defensas ultiman la presentación (tienen de margen hasta el jueves) de un recurso de súplica para dar marcha atrás en el auto de prisión. Al menos mientras no se resuelve el otro recurso pendiente por la devolución de los 10,5 millones de euros de la responsabilidad civil y que los antiguos directivos tratan de reunir. Es la vía excepcional que les queda salvo un recurso de amparo en el Constitucional por una posible vulneración de sus derechos. En el caso de Gayoso se añade su edad, 85 años, para abordar con Instituciones Penitenciarias un posible acuerdo.